Texto de la norma
Decreto No. 872, que concede Jubilación del Estado al señor Francisco Matos Ortiz.
(G. O. No. 8858, del 9 de Mayo de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 872
VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de Julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.— Concede el beneficio de la jubilación y le asigna una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales, al señor Francisco Matos Ortiz.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo
-508,
II
de Pwsiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Crastos !Xia.
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( G . 0. No. 8358, (lei 9 de Mayo
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Rep6hlica 11oininic.ana
EL TRIUN WRATO
\'ISTA la Ley OrgBnica de las Fuerzas Ahxiadas So. 168,
d e fce11a 6 de marzo de 196-1:
T h ejercicio de las atrihuciones aue le confiero el articulo
5.5 dc la Constituci6n de la Repiiblicn, dicts el siguieiitc
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Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.