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Texto de la norma
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T’JSTA la Ley del Kotariado No. T O , del 8 de noviemlsre
(11. 1027. y sus inodificaciones;
En ejcwicio de IS5 atribuciones que le confiere el articw
lo 5L dc ii2 Constitucibn rlr> 13 Rsphblica, dicta el siguiente
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nion Antonio Solia Lom, para que pueda ejercer la profesih
de Nolario Publico en el illunicipio de La Vega, Provincia de
La V‘eg9. de conformidad con las lepes y reglamentos de la ma-
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Donald J. Heid Cabral
Jiaiiuel E:. Tavares Espaillat
Ram6n Tapia Esyinal
Dccicro A,). 5S6, que otoiga el rxcquitur de Contador Publico Autorizado
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Lcclo~. ndo A. Mejirr Leyba y Esther Eiieida Soto Espequi.
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0. No. 8851 del 16 de Ahril de 1964)
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO. —Otorga exequátur a los Licenciados Bienvenido Apolinar Mejía Leyba, y Esther Eneida Soto Espequi, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Contador Público Autorizado, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de abril del mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 101° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Manuel E. Tavares Espaillat
Ramón Tapia Espinal
Decreto No. 787, que otorga el exequátur de Médico a los Doctores Eduardo Alvarez González y Rafael Peguero Salazar. (G. O. No. 8851 del 15 de Abril de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO: 787
VISTO el Reglamento de Pasantía Hospitalaria para los Médicos recién graduados de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, No. 1953, del 6 de agosto de 1956;
VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesiones, No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.