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Texto de la norma
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u10 Lgente desnaturalizante, 10s productos que se agreguen pa-
ra 1r;icer el perfume pprnianente".
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D,lI)O c:i Sarilo Ikmingo, Dislritu Xacional, Cepital de
!a KepitbLca I)oniiniranw, H 10s dos tlias del mes de abril de mil
noveeientos sesentn 1- cuatro. aiios 121" de la Indcpendencia y
3 01 7 de la Restauraci6n.
;'ub!iqueSe en la (;aceta Ofiria! y en LIII perioclico de am-
plja i ivitlacirin eli el teriitorio nac*ioli;ii ~mi*a su crmoriiiiieiitcr
y wiupliniiento.
Donald .I.
Heit1 C a b ~ a l
Manuel E. Tavares Espaillat
Ramon Tapia Espinal
SOTA2 : El presente decreto fixe publicado ofieialniente en el
diario "El Czirihe", de S ~ Q .
Dgo. P I f de abril de 1964.
D t x 4 o Xu. 7GtL que otorga el exequatur de Abogado a 10s Doctoreg
F i a i ~ i s c ~
L"1.hrit.z Garcia, Jose K. Martintz Sosa, Carmcu 1). Mejia G. de
Germin p Enriyue Paulino 'r.
(G. 0. No. 8850 del 11 de Abrjl de 19C4)
Hepitblica Doininicana
I'L TRIUNVIRATQ
Francisco Urbáez García, José Ramón Martínez Sosa, Carmen Descada Mejía García de Germán, y Enrique Paulino Then, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República la profesión de Abogado, de conformidad con las leyes y reglamentos de la materia.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres días del mes de abril del mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 101° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral
Manuel E. Tavares Espaillat
Ramón Tapia Espinal
Decreto No. 767, que concede Jubilación del Estado al señor César Pina Barinas.
(G. O. No. 8850 del 11 de Abril de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO: 767
VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de Julio de 1959;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Concede el beneficio de la jubilación y le asigna una pensión del Estado de doscientos cincuenta pesos oro (RD $250.00) mensuales, al señor César Pina Barinas.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo
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