Texto de la norma
Dec. No. 3297, que concede naturalización dominicana al Sr. Cenisto Jorame.
G. O. No. 9586, del 25 de junio de 1982
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3297
VISTA la solicitud que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo la persona que se menciona en la parte dispositiva del presente Decreto, para que le sea concedida la naturalización dominicana;
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana en favor del señor Cenisto Jorame, de nacionalidad haitiana.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Secretario de Estado de Interior y Policía, previo juramento de fidelidad a la República Dominicana ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de junio del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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