Texto de la norma
Dec. No. 3273, que declara de interés nacional la celebración en el país del XXV Congreso de la Confederación de Organizaciones Turísticas de América Latina (COTAL)
G. O. No. 9578, del 31 de mayo de 1982
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3273
CONSIDERANDO, que en el XXIII Congreso de la Confederación de Organizaciones Turísticas de América Latina (COTAL) celebrado en Ciudad México, del 6 al 12 de marzo de 1980, fué escogida la República Dominicana nación sede para el XXV Congreso de COTAL, a celebrarse en el año 1982;
CONSIDERANDO, que la celebración del XXV Congreso de la Confederación de Organizaciones Turísticas de América Latina (COTAL) en el país, constituirá un acontecimiento internacional, que incidirá positivamente en nuestro turismo y permitirá que las calificadas delegaciones que nos visiten tomen conocimiento directo de nuestro potencial y atractivos turísticos;
CONSIDERANDO, que la importancia que reviste dicho Congreso amerita que se adopten medidas que faciliten y aseguren su exitosa celebración, con la máxima cooperación de los distintos sectores vinculados con la actividad turística;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se declara de interés nacional la celebración en el país del XXV Congreso de la Confederación de Organizaciones Turísticas de América Latina (COTAL), que tendrá lugar en la ciudad de Santo Domingo, del 1 al 6 de junio de 1982.
Art. 2.— La Secretaría de Estado de Turismo, queda encargada de todo lo referente a la preparación, organización y celebración de tan magno evento internacional.
Art. 3.— Se ordena a todas las instituciones públicas o privadas relacionadas con el sector turístico, prestar su más decidida cooperación a la Secretaría de Estado de Turismo, como contribu-
ción a asegurar el éxito del XXV Congreso de la Confederación de Organizaciones Turísticas de América Latina (COTAL).
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho (18) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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