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Decreto

Decreto 3236

que autoriza a los Ayuntamientos de los Municipios de Bayaguana y Santiago a vender solares de su propiedad

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
3 may de 1982fecha
Asunto municipaltipo
G. O. 9578Gaceta Oficial del 31 may de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 3236, que autoriza a los Ayuntamientos de los Municipios de Bayaguana y Santiago a vender solares de su propiedad. G. O. No. 9578, del 31 de mayo de 1982 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3236 VISTA la Ley No. 4381, de fecha 10 de febrero de 1956, y la Ley No. 5577, de fecha 14 de julio de 1961; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO: Se autoriza a los ayuntamientos de los Municipios de Bayaguana y Santiago, a vender los solares de su propiedad que se describen a continuación: AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE BAYAGUANA: 1) A la señora Emilia Andújar, una porción de terreno sin designación catastral ni municipal, ubicado en la calle Independencia, con los linderos siguientes: al Norte, Roberto Polanco; al Sur, Lucía Ubiera; al Este, Calle Independencia; y al Oeste, Terrenos del Mercado Público, de dicho Municipio, con área de 268.32 metros cuadrados, por el precio total de RD$1,073.28. 2) A la señora Juana Altagracia Pérez de Balcácer, una porción de terreno, sin designación catastral ni municipal ubicada en la calle Duarte de ese Municipio, con los linderos siguientes: al Norte, Gloria Olmos; al Sur, Jesús M. Polanco, al Este, Calle Duarte; y al Oeste, Solar arrendado, con área de 373.72 metros cuadrados, por el precio de RD$1,868.60. 3) A la señora Rosa Pimentel, una porción de terreno, sin designación catastral, ni municipal, ubicada en la calle San Juan, de ese Municipio, con área de 345.84 metros cuadrados, por el precio de RD$1,383.36. 4) A la señora Altagracia Mejía de Rodríguez, una porción de terreno, sin designación catastral ni municipal, ubicada en la esquina formada por las calles Mella y Andrés Ma. Báez, de dicho Municipio, con los linderos siguientes: al Norte, calle Andrés María Báez; al Sur, Solar arrendado; y al Este, calle Mella, con área de 255.07 metros cuadrados, por el precio de RD$1,275.35. 5) A la señora Bargalina Alarcón de Rosario, una porción de terreno, sin designación catastral ni municipal, ubicada en la calle Duarte, con área de 170.10 metros cuadrados, por el precio de RD$680.40. 6) A la señora Andrea Gómez de Pérez, una porción de terreno, sin designación catastral ni municipal, ubicada en la calle Sánchez, con los linderos siguientes: al Norte, Miguel A. Manzanillo; al Sur, Ramón Antonio Polanco; al Este, calle Sánchez; al Oeste, Sucs. de Mario E. Olmos, de dicho Municipio con área de 182.00 metros cuadrados, por el precio de RD$728.00. 7) Al señor Manuel Concepción, una porción de terreno sin designación catastral ni municipal, que abarca desde las esquinas Duarte con San Juan y calle San Juan con Independencia, con área de 163.44 metros cuadrados, por el precio de RD$1,021.50. 8) A la señora Aura Mercedes Jáquez de Payero, una porción de terreno, sin designación catastral ni municipal, ubicada en la esquina formada por las calles Mario E. Olmos y San Juan, con área de 714.13 metros cuadrados, por el precio de RD$3,570.65. 9) Al señor Manuel de Jesús Hernández, una porción de terreno, sin designación catastral ni municipal, ubicada en la esquina formada por las calles Gastón F. Deligne y calle Proyecto Los Cocos No. 2, con área de 1,562.49 metros cuadrados, por el precio de RD$6,759.34. 10) A la señora Ana Ant. Martí Vda. Mejía, una porción de terreno, sin designación catastral ni Municipal, ubicada en la esquina formada por las calles Sánchez y San Juan, con área de 166 metros cuadrados, por el precio de RD$996.00. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE SANTIAGO: 11) Al señor Miguel Angel Fernández, el Solar No. 320-A-18, designación municipal, ubicado dentro de la Parcela 7-C-8-1, del Distrito Catastral No. 8 de dicho municipio, con área de 597.28 metros cuadrados, por el precio de RD$3,583.68. 12) A la señora Luz Pérez Alvarez de Fermín, el Solar No. 2228, de la Manzana No. 162, ubicado dentro de la Manzana Catastral 192 del Distrito Catastral No. 1, con los linderos siguientes: al Norte, Solar No. 2215; al Sur, calle General Cabrera; al Este, el Solar No. 2227; y al Oeste, el Solar No. 2214, con área de 274.40 metros cuadrados, por el precio de RD$5,488.00. 13) A la señora Luz Emilia Abreu de Rodríguez, el Solar No. 8, de la Manzana No. 1020, del Distrito Catastral No. 1, con área de 801.56 metros cuadrados, de dicho municipio, con los linderos siguientes: al Norte, el Solar No. 5; al Sur, calle Paseo Sur; al Este, Solar No. 7; al Oeste, Solar No. 9, por el precio de RD$ 11,221.84. 14) A la señora Idalia Guzmán, el Solar No. 8, de la Manzana No. 159, del Distrito Catastral No. 1, de dicho Municipio, con los linderos siguientes: al Norte, Solares Municipales Nos. 1422; al Sur, calle El Sol; al Este, Terrenos propiedad de la señora Eugenia González; y al Oeste, Terrenos propiedad de la señora Dolores Vda. Aybar, con área de 195.66 metros cuadrados, por el precio de RD$9,783.00. 15) A la señora Clara Nogueiras de Arias, el Solar No. 2, del Distrito Catastral No. 1, de dicho Municipio, con los linderos siguientes: al Norte, Paseo Norte; al Sur, Solares Nos. 11 y 12; al Este, Solar No. 3; y al Oeste, Solar No. 1, de la manzana No. 1020, con área de 861.88 metros cuadrados, por el precio de RD$12,066.32. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los tres (3) días del mes de mayo del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN Dec. No. 3237, autoriza al Ayuntamiento del Distrito Nacional a vender un solar de su propiedad. G. O. No. 9578, del 31 de mayo de 1982

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona