Texto de la norma
Dec. No. 3122, que autoriza al Doctor Horacio Vicioso Soto a aceptar y usar varias condecoraciones extranjeras.
G. O. No. 9575, del 31 de marzo de 1982
ANTONIO GUZMAN
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 3122
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el Doctor Horacio Vicioso Soto, Embajador, Encargado de la División de Asuntos Americanos, de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, por medio de la cual solicita autorización para poder aceptar y usar la condecoración de la "Orden de la Estrella Brillante" en el grado de Gran Cordón y de la "Orden del Mérito Diplomático", que le han sido concedidas por los Gobiernos de las Repúblicas de China y de Corea, respectivamente;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 1325, de fecha 13 de enero de 1947 y del Reglamento No. 4157, del 4 de febrero de 1947;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- El Doctor Horacio Vicioso Soto, Embajador, Encargado de la División de Asuntos Americanos, de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, queda autorizado para poder aceptar y usar las condecoraciones de la "Orden de la Estrella Brillante" en el grado de Gran Cordón" y de la "Orden del Mérito Diplomático" que la han sido concedidas por los Gobiernos de las Repúblicas de China y de Corea, respectivamente.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis (16) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración.
ANTONIO GUZMAN
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