jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 3117

QUE OTORGA EXEQUATUR DE MEDICO A VARIAS PERSONAS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 mar de 1982fecha
Exequáturtipo
G. O. 9575Gaceta Oficial del 31 mar de 1982
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. No. 3117, que otorga exequátur de médico a varias personas. G. O. No. 9575, del 31 de marzo de 1982 ANTONIO GUZMAN Presidente de la República Dominicana NUMERO: 3117 VISTA la Ley sobre Exequátur de Profesionales No. 111, de fecha 3 de noviembre de 1942, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 146, sobre Pasantía de Médicos Recién graduados, de fecha 11 de mayo de 1967, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.- Se otorga exequátur a las personas señaladas a continuación, para que puedan ejercer en todo el territorio de la República, la profesión de Médico, de conformidad con las leyes y reglamentos vigentes: Manuel Angel Salazar Villamar, Francisco Antonio de Jesús Mirambeaux Núñez, Rhina Altagracia Aquino, Gilberto Antonio Barrientos Parra, Ondina de Jesús Rodríguez Féliz, Carmen Lillian Cepeda Nivar, Altagracia Javier Belén, Pedro Julio Aquino Felipe, Alba Milagros González Matos, Nelsa Ondina Amelia Rodríguez Céspedes, Miguel Angel Arias Ceballos, Digna Portes Victorino, Altagracia Maritza Quaquel Díaz, Jesús Domingo Campusano Peguero, Fello Pérez de la Rosa, Leonidas Radhamés Moreta Cabrera, Jorge Rodríguez Figuereo, Carmen Luisa Santana de García, Federico Esteban Núñez González, William Rafael Aybar, Cristina Altagracia Draiby Ramírez, Braulio Milciades Mateo Martínez, Claudio Isidro Adams Marcial, Francisco Emilio Guzmán Suazo, José Ramón Morillo García, Ramón Francisco Bienvenido Lugo Hernández, Ana Josefa Abreu González, Freddy Telésforo Díaz Ortíz, Roberto Ventura Sánchez Tatis, Rodolfo Antonio Imbert Paulino, Antonio Miguel Abreu González, Pura Altagracia Báez del Orbe, Nidia Marcelina del Carmen García Peralta, Andrés Nicolás García, Milagros Altagracia Holguín Belliard, Euclides Marmolejos Fernández, Luis Rafael Antigua Santana, Federico Zapata Zorrilla, Adriano Homero Acosta Figuereo, Juan Bautista Concepción Martínez, Edgardo de Jesús Mateo Oliva, Miguel Dionicio de Jesús Rodríguez Hernández, Héctor Salvador Tamburini Nin, Rafael Eduardo Castro Balcácer, Altagracia Emilia Soto Ovalles, Rosemaris Mota de los Santos, Félix Benjamín Ramos Peña, Dionicio Antonio López Félix, Genaro Félix Ceballos Castillo, María Altagracia Polanco Nuñez, Raquel Albina Paulina González, Maritza de Jesús Rodríguez Padilla, José Agustín Sehuoerer Luna, Rafael Augusto Díaz Valerio, Leovigildo Ventura Cabrera, Daysi Altagracia de Jesús Pérez Campusano, Elsa María Mateo Jiménez, Melchor de Jesús Peralta Madera, Ramona Silveria Antigua Francisco, Jesús María Lorenzo Sánchez, Manuel Idelfonso Jiménez Lazala, Elsa Ferreira Peralta, Héctor Gerardo Martín Brea Tió, Jorge Antonio Guerrero de León, Francisco Antonio Ulerio Reynoso, José del Carmen Martínez Toribio, Graciela Josefina Nuñez Martínez, Roberto Antonio Torres Segarra, Miguel Arturo Franjul Troncoso, Juan Bautista Encarnación Tejeda, Héctor Bienvenido Trinidad Segura, Gerardo Florentino Coronado García, Greta Diannis Samboy Pérez, Angel de los Santos Rivera Juliao, Olivio González Rivera, José Dictelio de Jesús Alvarez Cepeda, Luis Antonio Méndez Peña, Gloria Altagracia Castillo Pichardo, Carmen Mireya Checo Mesa, César Amauri Gómez Gerónimo, Antonio Alexis Peña Bautista, Santiago Martínez Abreu, José Alberto Bonnet Cordero y Paula Robertina Saro Martínez. Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social, para los fines correspondientes. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis (16) días del mes de marzo del año mil novecientos ochenta y dos; años 139o. de la Independencia y 119o. de la Restauración. ANTONIO GUZMAN

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona