Texto de la norma
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x) de la Constitncibn de la Repithlica. dicta ri siguicnte
Art. 2.- Enviese a la Secretaria de Estado de Justicia pa-
r;, 10s fines cori’espondientes.
Ikcieto No. 596, que concede la nntu1~ali~aci6i~
doniiiiicana a1 Sr Oresbes
GonzLlo Garcia
( G 0 No XP42 del 18 de 31arzo de 1964)
de ocupación agricultor, portador de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliado y residente en [domicilio omitido];
VISTA la Ley No. 1683, sobre Naturalización de fecha 16 de Abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Concede la naturalización dominicana al señor Orestes Gonzalo García, de las generales arriba indicadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador Civil de la Provincia de San Juan de la Maguana, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiséis días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y cuatro, años 120° de la Independencia y 101° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral
Manuel E. Tavares Espaillat
Ramón Tapia Espinal
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