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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 584

que aprueba nombramientos en los Consejos de Guerra de Primer y Segundo Grado de la Policía Nacional

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 feb de 1964fecha
Designacióntipo
G. O. 8841Gaceta Oficial del 14 mar de 1964
Triunviratoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 584, que aprueba nombramientos en los Consejos de Guerra de Primer y Segundo Grado de la Policía Nacional. (G. O. No. 8841 del 14 de Marzo de 1964) República Dominicana EL TRIUNVIRATO NUMERO 584 VISTA la Ley No. 3483, que crea el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, de fecha 13 de febrero de 1953, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: ARTICULO UNICO.— Se aprueban los nombramientos de los miembros de los Consejos de Guerra de Primer y Segundo Grado de la Policía Nacional que se indican a continuación: a) Capitán Usino Osvaldo Guzmán Liriano, P. N., como Juez Presidente del Consejo de Guerra de Primer Grado de la Policía Nacional en el Departamento Este, con asiento en la Romana, en sustitución del Capitán Simón Tadeo Guerrero González, P. N.; b) Capitán Eduardo Emilio Espinal Minaya, P. N., como Juez Presidente del Consejo de Guerra de Primer Grado de la Policía Nacional en el Departamento Suroeste, con asiento en Barahona, en sustitución del Mayor Dimas Jáquez Olivero, P. N.; c) Capitán Darío Aristy Calvo, P. N.; como Juez Presidente del Consejo de Guerra de Primer Grado de la Policía Nacional en el Departamento Noroeste, con asiento en Monte Cristy, en sustitución del Capitán Luis Ramón Pimentel Soto, P. N., y d) Capitán Luis Ramón Pimentel Soto, P. N., como Juez del Consejo de Guerra de Segundo Grado de la Policía Nacional en el Departamento Norte, con asiento en Santiago, en sustitución del Capitán Leonidas Herasme Díaz, P. N. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los 26 días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y cuatro, año 120° de la Independencia y 101° de la Restauración. Donald J. Reid Cabral Manuel E Tavares Espaillat Ramón Tapia Espinal

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona