Decreto No. 569, que concede una pensión del Estado a los menores María Luisa Ventura Garrido y Juan de Dios Ventura hijo (G. O. No. 8841 del 14 de Marzo de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 569
VISTA la Ley No. 5701, de fecha 8 de diciembre de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede una pensión del Estado de doscientos cincuenta pesos oro (RD$250.00) mensuales, a los menores María Luisa Ventura Garrido y Juan de Dios Ventura hijo.
Art. 2.— Los cheques correspondientes a dicha pensión serán expedidos a nombre de la señora Yolanda Vda. Ventura Simó, en su calidad de madre y tutora legal de los mencionados menores.
Art. 3.— El presente Decreto deroga el Decreto No. 419,
de fecha 18 de enero de 1964, en cuanto se refiere a la pensión de que disfruta la señora Vda. Ventura Simó.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticuatro días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y cuatro, años 120° de la Independencia y 101° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Manuel E. Tavares Espaillat
Ramón Tapia Espinal
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona