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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5171

que concede sendas pensiones del Estado a las señoras Nieves Dominga Rodríguez Vda. Rodríguez y Altagracia Quírico Rodríguez Vda. Peña

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
30 jun de 1970fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 9191Gaceta Oficial del 8 jul de 1970
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Altagracia Quirico Rodríguez Vda. de PeñaPensión—RD$134.40

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 5171, que concede sendas pensiones del Estado a las señoras Nieves Dominga Rodríguez Vda. Rodríguez y Altagracia Quírico Rodríguez Vda. Peña. (G. O. N° 9191, del 8 de Julio de 1970) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 5171 CONSIDERANDO que los profesores Dr. Roberto Antonio Rodríguez Estrella y Eladio Antonio de Peña de la Rosa, cayeron abatidos por manos criminales, mientras ejercían el sagrado sacerdocio del magisterio en los centros de educación pública "España" y "Eugenio María de Hostos", respectivamente, de la ciudad de Santo Domingo de Guzmán; CONSIDERANDO que el hecho reprobable al cual no pudieron escapar los mencionados servidores de educación, ha puesto en desamparo a dos viudas con hijos menores procreados por los dos mencionados profesores desaparecidos; CONSIDERANDO que la ley autoriza al Poder Ejecutivo a conceder pensiones del Estado a las cónyuges supervivientes o a éstas y a los hijos menores de los maestros que pierdan la vida como consecuencia de un atentado directo contra su persona que tenga como causa sus actividades docentes, o como resultado de tumultos u otras alteraciones del orden, ocurridos dentro de los recintos escolares, o en sus alrededores, o en actos de carácter estudiantil celebrados en cualquier lugar; VISTA la Ley Nº 577, de fecha 19 de junio de 1970; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se conceden sendas pensiones del Estado a las siguientes personas: a) A la señora Nieves Dominga Rodríguez Vda. Rodríguez cónyuge superviviente del Profesor Dr. Roberto Antonio Rodríguez Estrella, y a sus hijas menores Rosa Antonia del Socorro, Amparo María y Belkis, una pensión de doscientos cuarentiocho pesos oro con cincuenta centavos (RD$248.50) mensuales; b) A la señora Altagracia Quirico Rodríguez Vda. de Peña, cónyuge superviviente del profesor Eladio Antonio de Peña de la Rosa, y a sus hijos menores Aristóteles y Alfa, una pensión de ciento treinticuatro pesos oro con cuarenta centavos (RD$134.40) mensuales. Art. 2.—Dichas pensiones serán pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos. DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de junio del mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 107º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona