Texto de la norma
Decreto Nº 3921, que autoriza la impresión de sellos para documentos.
(G. O. Nº 9319, del 16 de Noviembre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3921
VISTA la Ley Nº 2461, sobre Especies Timbradas, de fecha 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se autoriza la siguiente impresión de sellos para documentos:
1,000.000 (UN MILLON) sellos del tipo de RD$2.00, numerados del 001 al 1000000, color sepia.
400,000 (CUATROCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$3.00, numerados del 400001 al 800000, color morado
200,000 (DOSCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$4.00, numerados del 400001 al 600000, color rojo.
200,000 (DOSCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$5.00, numerados del 300001 al 500000, color verde oscuro.
200,000 (DOSCIENTOS MIL) sellos del tipo de RD$6.00, numerados del 400001 al 600000, color azul.
La impresión de estos sellos se hará con el mismo tamaño y diseño que las emisiones anteriores.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y tres, años 130° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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