Texto de la norma
Decreto Nº 3860, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Higuey a vender solares de su propiedad.
(G. O. Nº 9317, del 24 de Octubre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3860
VISTAS las certificaciones expedidas por el Ayuntamiento del Municipio de Higuey, de fechas 29 y 30 de diciembre, y 27 de septiembre de 1972, así como las de fechas 10 y 15 de enero, 30 de abril y 11 de junio de 1973, respectivamente, en
relación con lo resuelto por dicho Ayuntamiento en las sesiones ordinarias a que se refieren tales certificaciones;
En virtud de lo que dispone el articulo 3 de la Ley Nº 4381, del 10 de febrero de 1956, y la Ley Nº 5577, del 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Higuey a vender los solares de su propiedad que se indican a continuación:
a) Solar Nº 7 de la Manzana Nº 228, del Distrito Catastral Nº 1, de dicho Municipio, con un área de 1,853.04 metros cuadrados, en favor del señor Pedro Eligio Ozuna, por el precio de RD$4,632.60. En el citado solar el mencionado señor tiene construida una casa para uso de vivienda familiar;
b) Solar sin designación Catastral ni Municipal, con área de 731.24 metros cuadrados, en favor de la señora Felipa Amada Martínez, por el precio de RD$1,462.48. En el citado solar la mencionada señora tiene construida una vivienda para uso familiar;
c) Solar sin designación Catastral ni Municipal, con área de 466.63 metros cuadrados, en favor del señor Casimiro Rey Felix Guerrero, por el precio de RD$933.26. En el citado solar el mencionado señor tiene construida una casa para vivienda familiar;
d) Solar Nº 17 de la Manzana Nº 39, del Distrito Catastral Nº 1 de dicho Municipio, con un área de 439.30 metros cuadrados, en favor de la señora Angela María Lucas, por el precio de RD$878.60. En el citado solar la mencionada señora tiene construida una casa para vivienda familiar;
e) Solar sin designación Catastral ni Municipal, con un área de 1,043.04 metros cuadrados, por el precio de RD$2,086.08, en favor del señor Nicasio Rodríguez. En el citado solar el mencionado señor se propone construir una casa para ser destinada al comercio y vivienda familiar;
f) Solar Nº 3 de la Manzana Nº 127-provisional del Distrito Catastral Nº 1, con una extensión superficial de 178.23 metros cuadrados, en favor de la señora Marina A. Chevalier Rijo, por el precio de RD$356.46. En el citado solar la mencionada señora tiene construida una casa para vivienda familiar;
g) Solar ubicado en la calle Antonio Morel, con una extensión superficial de 313.35 metros cuadrados, en favor de la señora Carlita Pérez, por el precio de RD$626.70. En el citado solar la mencionada señora tiene construída una casa para vivienda familiar;
h) Solar Nº 13 de la Manzana Nº 2 del Distrito Catastral Nº 1, con un área de 179.57 metros cuadrados, en favor de los señores Juan B. Cruz y Ramona Castro Gómez, por el precio de RD$448.92. En el citado solar los mencionados señores tienen construida una casa para vivienda familiar.
i) Solar sin designación Catastral, con un área de 632.64 metros cuadrados, en favor de la señora Angela Carpio, por el precio de RD$1,265.28. En el citado solar la mencionada señora se propone construir una casa para vivienda familiar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y tres, años 130º de la Independencia y 111º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.