Texto de la norma
Decreto Nº 3855, que autoriza al Sr. Isidro Peguero G. a hacer cambios en su nombre.
(G. O. Nº 9317, del 24 de Octubre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NÚMERO 3855
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por el señor Isidro Peguero Germán, dominicano, mayor de edad, casado, mecánico, portador de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliado y residente en [domicilio omitido];
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 17 de agosto de 1973, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por el señor Isidro Peguero Germán, para que pueda cambiar su nombre por el de Diógenes Peguero Germán;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Isidro Peguero Germán, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Diógenes Peguero Germán.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de septiembre del año mil novecientos setenta y tres, años 130º de la Independencia y 111º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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