Texto de la norma
Decreto N° 3844, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de San Rafael del Yuma a vender varios solares de su propiedad. (G. O. N° 9317, del 24 de Octubre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3844
VISTAS las Actas Nos. 5-70 y 10-73, correspondientes a
las sesiones ordinarias celebradas por el Ayuntamiento del Municipio de San Rafael del Yuma, en fechas 13 de abril de 1970 y 19 de julio de 1972, respectivamente;
En virtud del artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956 y de la Ley Nº 5577, de fecha 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de San Rafael del Yuma a vender los solares de su propiedad que se indican a continuación:
a) El solar Nº B-7, del poblado de Boca de Yuma, con área de 600 metros cuadrados, por el precio de RD$750.00, en favor del señor Orestes Nicolas, quien se propone construir en dicho solar una casa para vivienda familiar;
b) Solar ubicado centro de la Parcela Nº 95, del Distrito Catastral Nº 10/3ra., de dicho Municipio, con una extensión superficial de 2,422.30 metros cuadrados, por el precio de RD$2,322.30, en favor del señor Ernesto Vitiennes, quien se propone construir en el citado solar una casa para residencia familiar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiún días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y tres, años 130° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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