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Decreto NQ 638, que concede el beneficio de la jubilaci6n y se asignan
sendas pensiones del Estado a varirrs personas.
(G. 0. No 9211, del l o de Enero de 1971)
I
JOAQUIN BALAGUER
President8 de la Repi~blica Dorninicana
b
NUMERO 538
i
I
do, de fecha 31 de julio de 1959;
VISTA la Ley NQ 5185, sobre Pensiones Civiles del Esta-.
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
65 de la ConstituciGn de la Rep~lblica dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.- Se concede el beneficio de la jubilacidn y se as$-
nan sendas pensiones del Estado, a las siguientes personas:
'
1) A Antonio SAnchez una pensi6n del Estado de noventa
pesos or0 (RD$90.00) mensuales;
2) A Rafael E. Nicol5.s Rodriguez una pensidn del Estado
de setenta y cinco pesos or0 (RD$75.00) mensuales;
3) A Ana J. Gautreaux Castillo una pensibn del Estado de
sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuaIes ;
,
4) A Sergio Martinez Rosario, una pensi6n del Estado de
doscientos sesenta y cuatro pesos or0 (RD$264.00) mensuales ;
5 ) A Maria T. de la Rosa Jim6nez de Camacho una pensiSn
del Estado de ciento catorce pesos or0 (RD$114.00) mensuales ;
6) A Delva Piiia de Aybar, una pensidn del Estado de no-
venta y seis pesos or0 (RD$96.00) mensuales;
7) A Sonia Cabral una pensidn del Estado de sesenta pesos
or0 (RD$60.00) mensuales;
8) A Jos6 I. Calderdn Jimknez una pesi6n del Estado de
doscientos veinticinco pesos or0 (RD$225.00) mensualea;
b
9) A la Licda. Milagros Aceveds Castillo una pesi6n del
Estado de noventa y seis pesos or0 (RD$96.00) mensuales;
10) A Vidal Maldonado una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
11) A Elixiva Maria Vásquez una pesión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
12) A Ecilda V. Cabral Acosta una pensión del Estado de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales;
13) A Lucas Franco Acevedo una pesión del Estado de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales;
14) A Francisco Then Castellanos una pensión del Estado de setenta y cinco pesos oro (RD$75.00) mensuales;
15) A Evangelina Abreu Vda. Felix una pesión del Estado de cuarenta y ocho pesos oro (RD$48.00) mensuales;
15) A Aguda Encarnación una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
16) A Prudencio Payano una pesión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
17) Al Lic. Juan Reyes Miranda una pensión del Estado de ciento cincuenta pesos oro (RD$150.00) mensuales;
18) A Eladia E. Vda. Marchena una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales
19) Al Profesor José Aquiles Guridy, una pensión del Estado de noventa y seis pesos oro (RD$96.00) mensuales;
20) A Altagracia Lilia Gil de Deveaux una pensión del Estado de ochenta y siete pesos oro (RD$87.00) mensuales;
21) A Eliseo de León. una pensión del Estado de ciento treinticinco pesos oro (RD$135.00) mensuales;
22) A Zulena Jiménez de Espaillat, una pensión del Estado de ciento catorce pesos oro (RD$114.00) mensuales;
23) A Juan Bantoni Simón Pietri una pensión del Estado de trescientos pesos oro (RD$300.00) mensuales;
24) A Blanca H. Diaz Ordopez de Bonnelly una pensión del Estado de setenta y dos pesos oro (RD$72.00) mensuales;
25) A America Bueno de Fontanilla una pensión del Estado de ochentiún pesos oro (RD$81.00) mensuales;
26) A Susana Duvergé Guttormsen una pensión del Estado de ciento cinco pesos oro (RD$105.00) mensuales;
27) A Julio E. Ravelo de la Fuente, una pensión del Estado de doscientos trece pesos oro (RD$213.00) mensuales;
28) A Tomás F. Danche, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
29) A la Dra. Rhina Abreu de Mella, una pensión del Estado de ochenta y cuatro pesos oro (RD$84.00) mensuales;
30) A Lucía Alcántara, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
31) A Elizarda Lara, una pensión del Estado de cuarenta y dos pesos oro (RD$42.00) mensuales;
32) A Rosendo Pozo, una pensión del Estado de cuarenta y dos pesos oro (RD$42.00) mensuales;
33) A Rafael C. Blonda Acosta, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
34) A Abraham Fuentes, una pensión del Estado de treintiseis pesos oro (RD$36.00) mensuales;
35) A María C. Rodríguez Núñez, una pensión del Estado de cuarentidos pesos oro (RD$42.00) mensuales;
36) A Onofre Frías Núñez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
37) A Ramona Cruz Polanco, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
38) A Ticiano Boises Mieses una pensión del Estado de ochentisiete pesos oro (RD$87.00) mensuales;
39) A Mercedes María Mejía, una pensión del Estado de sesenta pesoso oro (RD$60.00) mensuales;
40) A Emerenciano Sánchez Marte, una pensión del Estado de senta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
41) A Altagracia L. del Castillo Vda. Gautier, una pensi6n
del Estado de ciento veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales;
42) A Eugenia Maria Grull6n Pciia, una pensi6n del Elsta-
do de setenta y cinco pesos or0 (R19$75.00) mensuales;
43) A Bartola Medrano Vda. Salcedo, una pensirjn del Esta-
do de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
44) A Juliana C. Vda. Pujols, una pensi6n del Estado de
\
sesanta pcsos or0 (RD860.00) mensuaIes :
45) A Carlos Perez, una pensi6n del Estado de sesenta pesos
ore (RDq60.00) mensuales ;
46)’ A Leocadia Paulino, una pensi6n del Estado de sesenta
pesos or0 (RD860.00) mensuales :
47) A Jose Richarson Vicente, una pensi6n del Estado de
sesrnta pesos or0 (RD$60.00) mensua’lcs ;
48) A Teodoro M. Romero Matos, una pensi6n del Estado
de ciento ochenta pesos or0 (RD$180.00) mensuales;
49) A Juan Josk PeAa Cruz, una pensidn del Estado de se-
srnta pesos or0 (RD$60,00) mensuales;
50) A Luz Diaz, una pensi6n del Estado de sesenta pesos
or0 (RD‘.>SO.OO) mensuales ;
51) A Victor PCrez FernBndez, una pensi6n del EstRdo
le ochenfa y cuatro pesos OTO (RD884.00) mensuales;
52) -4 Felipe Marino Perez, una pensi6n del Estado de
doscientos trece pesos or0 (RDd213.00) mensuales :
53) A Etervina Monegro, una pensirjn del Eatado de SCF :.:i
pesos o r 0 (RWW.OO) mensuales ;
54) A Euridice Lluger de Brito, una pensi6n del Estado
de cuarenta y cinco pesos or0 (RD$45.00) mensuales;
55) A Mario Antonio Acevedo Ledesma, una pensi6n del
R:t W ~ O de ciento veinte pcsos or0 (RD8120.00) mensuales;
56) A Hehmenegildo Castillo, una pensicin del Estado de
sesmln I)esos or0 (RD$60.00) mensuales;
57) A Digna Peguero de Abad, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
58) A María Evengelina Acosta, una pensión del Estado de treinta y nueve pesos oro (RD$39.00) mensuales;
59) A Isabel Encarnación de Alcántara, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
60) A José A. Perdomo R., una pensión del Estado de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales;
61) A Rafael D. Lara Mateo, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
62 A Altagracia Delmonte C., una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
63) A Ervio Bienvenido Creales Pérez, una pensión del Estado de ciento cuarentiún pesos oro (RD$141.00) mensuales;
64) A Flora M. Lora Vda. Aliés, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
65) A Sergia M. Fernández de Martes, una pensión del Estado de treinta y seis pesos oro (RD$36.00) mensuales;
66) A Ana Amantina Martinez una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
67) A María Caridad de la Cruz Reynoso, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
68) A Ricardo F. Mejia Castillo, una pensión del Estado de cuarenta y ocho pesos oro (RD$48.00) mensuales;
69) A Rafael Mª Fernández y González, una pensión del Estado de ciento cincuenta y tres pesos oro (RD$153.00) mensuales;
70) A Leonol Isabel Cabrera de Mateo, una pensión del Estado de ciento cinco pesos oro (RD$105.00) mensuales;
71) A Mario F. Cabral Machado, una pensión del Estado de ciento cincuenta y tres pesos oro (RD$153.00) mensuales;
72) A Aridia Ogando, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
73) A Ramón Cosme García, una pensión del Estado de noventa y tres pesos oro (RD$93.00) mensuales;
74) A Danna M. Lazala de Herrera, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
75) A Esperanza Alvarez de Rodríguez, una pensión del Estado de noventa y seis pesos oro (RD$96.00) mensuales;
76) A Horacio Báez Vargas, una pensión del Estado de ciento treinta y cinco pesos oro (RD$135.00) mensuales;
77) A Filomena Bens de Rivas, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
78) A Gloria Mercedes Almanzar de Rivas, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
79) A Hilario Paredes, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
80) A Africa Dolores Núñez Pineda de Peña, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
81) A Carolina Rapozo Hilario, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
82) A Dorotea Pineda de Pérez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
83) A Altagracia del Carmen Guzmán de Pérez, una pensión del Estado de ochenta y cuatro pesos oro (RD$84.00) mensuales;
84) A Nidia Altagracia Ferreira de Peña, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
85) A Juan Bautista Perdomo, una pesión del Estado de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales;
85) A Juan Bautista Perdomo, una pensión del Estado de tado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
87) A Caridad Sánchez Vda. Ramos, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
88) A Juana M. Josefina Mejía Marión Landais de Saleme, una pensión del Estado de noventa y seis pesos oro (RD$96.00) mensuales;
89) A Onilda M. Montero de Ramírez, una pensión del Estado de ochentiún pesos oro (RD$81.00) mensuales;
90) A Aura E. Adames de Potentini, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
91) A María de la Cruz Cabrera de Ramírez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
92) A Ana Virginia Reynoso, una pensión del Estado de noventa y nueve pesos oro (RD$99.00) mensuales;
93) A José Alt. Peña Castillo, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
94) A Eneida M. Alt. Ureña Soto de Ramos, una pensión del Estado de setenta y cinco pesos oro (RD$75.00) mensuales;
95) A Ramón A. González y Sandoval, una pensión del Estado de ochenta y cuatro pesos oro (RD$84.00) mensuales;
96) A Ramón Armando Aybar García, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
97) A Manuel Alonzo, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
98) A Regina Féliz Vda. Alverez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
99) A Pedro Antonio Estrella, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
100) A María T. Mena de Meléndez, una pensión del Estado de ciento cinco pesos oro (RD$105.00) mensuales;
101) A George Eliseo Miniño M., una pensión del Estado de noventa pesos oro (RD$ 90.00 mensuales;
102) A Enrique Herrera una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
103) A Rafael Porterreai, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
104) A María R. Rivas de Riverón, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
105) A Luis E. Jiménez Sosa, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
106) A Clara Luz Deschamps de Jiminian, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
107) A Pedro Antonio Liranzo, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
108) A Carmen Dilia Jerez de Robles, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
109) A Maria Tavarez de Peña, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensules;
110) A Ana María Ramírez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$ 60.00) mensuales;
111) A Hérvida Hernández de Parra, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
112) A Gloria Herminia Rivera, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$ 60.00) mensuales;
113) A María del C. Sánchez de Navarro, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
114) A Alcedo Núñez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
115) A Juana Núñez Alejo, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (R$60.00) mensuales;
116) A Luz del Carmen C. de Nolasco, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
117) A Ana Silvia Quiroz, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
118) A Ana Hilda de Jesús de Reyes, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
119) A Elisa T. Mathieu Vda. Reynoso, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
120) A Ramona D. Medina de Reynoso, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
121) A Dulce María Martínez Montes de Oca, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
122) A Guillermina Peña Méndez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
123) A Dulce María Pouerié Santana, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
124) A Celestino Polanco Suarez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
125) A Josefa Rodríguez Vda. Puig, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
126) A Lourdes M. Brito de Pouerié, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mesuales;
127) A Altagracia Belkis A. Ramírez Concepción, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
128) A Filomena Oleo de Reyes, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
129) A Cecilio Reyes, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
130) A Cándida Rosa Estévez de Reyes, una pensión del Estado sesenta Pesoso oro (RD$60.00) mensuales;
131) A Rosa Elvira Núñez Jeréz, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
132) A María de la Cruz Cabrera de Ramírez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
133) A Rafaela de la Cruz de Pérez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
134) A Nomberto Pérez Acosta, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
135) A Juana Agripina Paredes Mena de Nolasco, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
136) A Altagracia Pérez Salazar, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
137) A María F. Alcántara Vda. Peralta, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
138) A Eugenio Peña Cuevas, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
139) A Marina Pozo de Peguero, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
140) A Leonidas Peña, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
141) A Petronila Cuevas Vargas, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
142) A Rosalina Rosario de Méndez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
143) A Gumersinda Rojas Vda. Mercado, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
144) A Esmelinda Mesa, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$ 60.00) mensuales;
145) A Juana María Sánchez de Moya, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
146) A Rita Cortorreal Vda. Mirambeaux, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
147) A Teodoro Medina, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
148) A Matilde Medina de Mercedes, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
149) A Alejandro Fernández Ortiz, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
150) A Luis Germán Rivera, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
151) A Ana M. Gómez de Medina, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
152) A Alcida Rodríguez Vda. Mckinney, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
153) A Altagracia Mata de Mazara, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
154) A Carmen M. Frías de Oleo, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
155) A Lucinda Rosario de Cortorreal, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$ 60.00) mensuales;
156) A Gisela Pichardo de Cruz, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
157) A Francisca Cueto Espinal, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
158) A Luisa Despradel de Moya, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
159) A María E. Montes de Oca Caamaño, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
160) A Marina A. Mejía Leyba, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
161) A Bartola Santana, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$ 0.00) mensuales;
162) A Grecia Ventura, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
163) A Gloria del C. de Abreu, una pensión del Estrado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
164) A Juana Abreu, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
165) A la señora Ramona Peña de Lugo, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
166) A la señora Ana Joaquina Lugo Rosario, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
167) A la señora Eladia M. Gil de Lantigua, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
168) A la señora Leonidas Antonia Lantigua, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
169) A la señora Elba Alt. Rosa de Jiménez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
170) Al señor Rafael Ant. Jiménez Tejeda, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$ 60.00) mensuales;
171) Al señor Tomás Jiménez Acevedo, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
172) A la señora Lidia María Jerez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
173) A la señora Enedina Bueno Diloné, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
174) A la señora Mercedes Durán, una pensión del Estado sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
175) Al señor Ramón de León Solano, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
176) Al señor Juan de la Rosa, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
177) Al señor Ramón Díaz, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
178) A la señora María L. Torres Vda. Eceget, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
179) A la señora Altagracia América Morillo, una pensión del Estado de noventitres pesos oro (RD$93.00) mensuales;
180) A la señora María H. Rodríguez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
181) A la señora Andrea I. Valera de Sánchez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
182) Al señor Francisco Medina Peña, una pensión del Estado de ciento catorce pesos oro (RD$114.00) mensuales;
183) A la señora Virginia Mercedes Santos, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
184) A la señora Rosa Ubiera de Mercedes, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
185) Al señor Pedro Montero, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
186) A la señora Niobe Mariot de Morillo, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
187) A la señora Rafaela Ortega de Muñoz, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
188) A la señora Eva M. Cabrera de Félix, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
189) Al señor Pedro Antonio Genao, una pensión del Estado de ciento doce pesos oro (RD$112.00) mensuales;
190) A la señora Carmen Grullón Veras, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
191) Al señor Posé Rafael Grullón, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
192) Al señor Enrique Martínez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
193) A la señora María Monción, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
194) Al señor Victor R. Moronta Torres, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
195) A la señora Emilia García García, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
196) A la señora Eldelminar Bigay Vda. García, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
197) Al señor Carlos de Js. García Capellán, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
198) A la señora Ana Ramona Febles Medina, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
199) Al señor Onofre E. Holguín y Fuentes, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
200) A la señora Roselía Hernández, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
201) Al señor Juan A. Bautista Durán, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
202 A la señora Paula de la Rosa de Polanco, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
203) A la señora María Enedina Liriano, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
204) A la señora Obdulia Cristo, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
205) Al señor Inocencio Nicolás, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
206) Al señor José D. Santana, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
207) A la señora Benigna Germosén, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
208 A la señora Melba V. Jiménez Ferreras, una pensión del Estado de ciento catorce pesos or (RD$114.00) mensuales;
209 Al señor Félix Antonio León Ventura, una pensión del Estado de noventa y seis pesos oro (RD$96.00) mensuales;
210) A la señora María Alt. Luna y Molina, una pensión del Estado de ochenta y un pesos oro (RD$81.00) mensuales;
211) A la señora Estela Inés Tejada de Lora, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
212) A la señora María N. Jiménez Grullón, una pensión del Estado de ciento veintinueve pesos oro (RD$129.00) mensuales;
213) A la señora María Concepción Díaz de Hernández, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
214) Al señor Pedro Jáquez Disla, una pensión del Estado de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales;
215) A la señora Germania R. Aybar de Henríquez, una pensión del Estado de ciento veintinueve pesos oro (RD$129.00) mensuales;
216) A la señora Altagracia González y Garabot, una pensión del Estado de setenticinco pesos oro (RD$75.00) mensuales;
217) Al señor Pedro Ma. González Peña, una pensión del Estado de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales;
218) A la señora Aida M. Moreno de Alcántara, una pensión del Estado de ciento noventa y cinco pesos oro con sesenta centavos (RD$195.60) mensuales;
219) Al señor Damián Santana, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
220) Al señor Eloy E. de la Rosa, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
221) Al señor Alvaro Ovando, una pensión del Estado de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales;
222) Al señor Ramón Antonio Tejada Liriano, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
223) A la señora Juana Gómez de Hernández, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
224) Al señor Gustavo Manuel Inoa Fernández, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
225) A la señora Flora M. Sánchez de Martínez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
226) A la señora Nila de Js. Martínez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
227) A la señora Luz Reynoso Madera de Marte, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
228) Al señor Ricardo Antonio Lora Guzmán, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
229) A la señora Brígida M. Brito de Almánzar, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
230) A la señora Altagracia Urbáez de Mañaná, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
231) A la señora Carmen Lagombra Vda. Hernández, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
232) A la señora Luisa Emilia Marte y Zanz, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
233) A la señora Ana Julia Marichal, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
234) A la señora Sebastiana R. Marte Reynoso, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
235) A la señora Emilia Santana Vda. Marte, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
236) A la señora Luz Antonia Polanco de López, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
237) A la señora Ana Altagracia López, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
238) A la señora Dolores Duquela de Liriano, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
239) AI seiior Medardo Lebrbn, una pensibn del Estado de
aesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
240) A la sefiora Josefa 0. Polanco Vda. Lluberes, una pen-
sidn del Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
I
241) A la seiiora Altagracia del Carmen fiias, una pensibn
del Estado de noventa y seis pesos or0 (RD$96.00) mensuales ;
242) A la seiiora Olga Argentina Santos Herrera Vda.
Lebn, una pensi6n del Estado de noventa y seis pesos or0
(RD$96.00) mensuales ;
243) A la sefiora Rafaela de Js. Febles, una pensidn del
Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
244) A la sefiora Maria Amada del Orbe Subrez de Coto-
rreal, una pensi6n del Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00)
mensuales ;
245) A la seiiora Maria Esperanza Delgado Pichardo, una
pensi6n del Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
246) A la seiiora Ramona Oliva Guerrero, una pensi6n del
Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
247) A la sefiora Mercedes Guzmbn Bencosme, una pensi6n
del Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
248) A la seiiora Paula Rodriguez de Lantigua, una pen-
sibn del Estado de sesenta pesos or0 (RDq60.00) mensuales;
249) A la sefiora Graciela Vargas de Cornielle, una pensi6n
del Estado d'e sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
250) A la seiiora Martha Christopher Curocher, una pensibn
del Estado de seseiita pesos or0 (RIW60.00) niensuales;
251) A la sefiora Ana Sofia Pkrez Vda. Hernhndez, una pen-
si6n del Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
252) A In sefiora Amalia M. Figuereo de Hurtado, una pm-
siin del Estado de sesenta pesos or0 (RDs60.00) mensudes;
253) A lsefior Jose Mercedes Garcia Cruz, una pensi6n del
Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
254) A1 sefior Concepci6n Garcia, una pensih del Estado
de sesenta pesos 01'0 (RD$60.00) mensuaks ;
71427-
255) A la sefiora CAndida Agueda de Peiia de Hidalgo, una
Densi6n del Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) nlensuales ;
256) A la seiiora Rienvenida M. cie la Cruz y Arache, ulla
pensi6n del Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) menenales;
257) A la seiiora Ana J. Ramirez Cornielle de &Ionci6n,
una pensi6n del Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) men-
sunles;
258) A la seiiora Genoveva G. Guzmhn Mercedes, una pen-
si6n del Estado de sesenta pesos or0 (RD$GO.OO) mensuales;
259) A la sefiora Altagracia Rae, Vargas, una pensibn de!
Estado de ciento catorce pesos or0 (RD$114.00) mensuales ;
260) A la seiiora Ana C. Sanchez de Espaillat, una pensidn
del Estado de noventa y seis pesos or0 (RD$96.00) mensuales;
'
261) A la sefiora Mercedes Melania Thevenin de Brea, una
pensi6n del Estada de ciento veinte pesos or0 (RDgj120.00) men-
suales ;
262) AI sefior JosB Mercedes Alvino, una pensi6n del Es-
tad0 de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
263) A1 seiior Miguel A, Gonzilez Pojois, una pensicin del
Estado de ciento veinte pesos or0 (RD$120.00) mensuales :
264) A1 sefior Juan A. G6mez PQez, una pensi6n del Esta-
do de ciento cinco pesos or0 (RD$105.00) mensuales;
265) A la seiiora Maria Ramirez Lorenzo, una pensi6n del
Estado de noventa pesos or0 (RDq90.00) mensuaIes;
I
P
266) A la sefiora Rosaura Felifi Macarrulla, una pensi6n
del Estado de ochenta y siete pesos or0 (RD$87.00) mensuales;
267) AI sefior Francisco FBlix G a b , una pensi6n del Esta-
do de ciento ocho pesos or0 (RD$108.00) mensuales;
268) A la sefiora Clara Lucia Moreno Frhmeta, una pensibn
del Estado de ciento veintinueve pesos or0 (RD$129.00) men-
sualc-s;
2C9) A la sefiora Elsa Alt. Alvarez,una pensi6n del Esta-
:do de sesenta pesos or0 (RD$60.00)
mensuales;
270) A la seiiora Mercedes de la Mota GSmez, una pensi6n
de] Estado de noventiseis pesos Ora (RlIJ$96.00) lmmmles ;
c
271) A la sefiora Antonia Reyes de G6mez, una pensidn
del Estado de ochentisiete pesos or0 (RD$87.00) mensuales ;
272) A1 sefior Juan Maria Torres, una pensi6n del Estado
de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
273) A la sefiora Elcaza M a s h Brodio, una pensi6n del
Estado de noventiseis pesos or0 (RD$96.00) mensuales;
274) A1 seiior Roberto Herrera L6pez, una pensi6n del Es-
I
tad0 de noventinuevc pesos or0 (RD$99.00) mensuales ;
275)Al seiior Armando Julio Lebr6n F., una pensi6n del
Estadc de setenlicinco pesos or0 (RD$75.00) mensuales;
'
276) A la seiiora Mireya Altagracia Cos& de Tejeda, una
pensi6n del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
277) A la seiiora Aida Winter Vda. Dujarric, una pensi6n
del Estaclo de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
278) A la seiiora Maria L. Sanchez, una pknsi6n del Estado
de ciento veinte pesos or0 (ItD$120.00) mensuales;
279) A1 seiior Guarin Pineda, una pensi6n del Estado de
seserila pesos or0 (RD$GO.OO) mensuales;
280) A1 seiior Jacinto Santos Rosa, una pensi6n del Estado
de scsenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
281) AI seiior Alvaro Mafibn, una pensi6n del Estado de
cuarenticinco pesos or0 (RDgi45.00) mensuales ;
282) A la seliora Fidelina Rodriguez Barriento, una pensi6n
del Estado de cuarentidos pesos or0 (RDgj42.00) ; mensuales;
283) A la seiiora Lesbia Jimhez de Jose, una pensi6n del
Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
284) A1 seiior Rafael Castro Pereyra, una pensi6n del Es-
tado de noventa pesos or0 (RD$90.00) mensuales;
285) A la seAora Genoveva SQnchez Reyes, una pensi6n del
Esta,do de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
286) AI sefior Federico Estrella, una pensi6n del Estado
de ciento cuarentihn pcsoa oro (RD$141,00) mensuales ;
288) A la señora Juana J. Mejía de la Rocha de Bobes, una pensión del Estado de ciento veintisiete pesos oro con veinte centavos (RD$127.20) mensuales;
289) Al señor Victoriano Salsa, una pensión del Estado de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales;
290) Al señor Rafael Francisco Figueroa, una pensión del Estado de setentidos pesos oro (RD$72.00) mensuales;
291) A la señora Estela Mª Sánchez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
292) Al Doctor Roberto Ortíz de la Cruz, una pensión del Estado de ciento cuarentisiete pesos oro (RD$147.00) mensuales
293) Al señor José Ant. Espinola Nova, una pensión del Estado de ciento ocho pesos oro (RD$108.00) mensuales;
294) A la señora Isabel Santana de de Los Santos, una pensión del Estado sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
295) A la señora Julia Alina Rondón de León, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
296 A la señora Audilia de los Santos, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
297) Al señor Manuel Aliden de León, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
298) A la señora María del Carmen Valdez de Díaz, una pensión del Estado sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
299) Al señor Héctor Manuel Díaz R., una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
300) A la señora Critobalina Méndez de Díaz, una pensión del Estado sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
301 A la señora Julia Mercedes Díaz Arias, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
302) A la señora Gloria Díaz, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
303) A la señora Emma Soliver de Delgado, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
304 A la señora María Hernández de Abréu, una pensión del Estado de sesentitres pesos oro (RD$63.00) mensuales;
305) A la señora Ligia Adams D'Lucas, una pensión del Estado de noventiseis pesos oro (RD$96.00) mensuales;
306) A la señora Antonia Alvarez Abréu, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
307) A la señora Aida V. Torres de Crisóstomo, una pensión del Estado de ciento ochenta pesos oro (RD$180.00) mensuales;
308) A la señora Lucía N. de la Cruz, una pensión del Estado de noventa pesos oro (RD$90.00) mensuales;
309) A la señora Nereyda Núñez de Santana, una pensión del Estado de ciento veinte pesos oro (RD$120.00) mensuales;
310) Al señor Ramón Aquino Nivar, una pensión del Estado de ciento cinco pesos oro (RD$105.00) mensuales;
311) Al señor Francisco Ant. Ramírez Díaz, una pensión del Estado sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
312 A la señora Ernestina Sirett de Félix, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
313) Al señor Bienvenido de los Santos, una pensión del Estado de noventiseis pesos oro (RD$96.00) mensuales;
314) A la señora Ana Eduviges Dirocio de Ramírez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales
315) Al señor Ignacio Morillo, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales;
316) Al señor Julio P. Ruiz Domínguez, una pensión del Estado ciento cinco pesos oro (RD$105.00) mensuales;
317) A la señora Agustina G. García de Martínez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
318) A la señora Victoriana Crime Gatón de Wint, una pensión del Estado de ciento sesentiocho pesos oro (RD$168.00) mensuales;
319) Al señor Gilberto Antonio Bizón, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales;
287) A la sefiora Maria Taveras de Grullbn, una pensi6n
C)PI Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
320) A1 sefior Manuel Di6medes Mata, una pensi6n del Es-
tado de sesefita pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
321) A1 seiior Porfirio Manuel Reyes Espinal, una pensi6n
del Estado de sesenta pesos or0 (RDq60.00) mensuales;
t
322) A la sefiora Ernestina Sirett de Fklix, una pensi6n
del Estado de sesenta pesos or0 (RD$60.00) mensuales;
Art. 2.-
Dichas pensiones ser6n pagadas con cargo a1 Fon-
do de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Plrx-
blicos.
DADO en Santo Doming0 de Guzman, Distrito Nacional,
Capital dc la Rephblica Dominicana, a 10s treintiGn dias del
mes de diciembre del aiio mil novecientos setenta, afios 12V' de
la Independencia y 108 de la Restauracih.
JOAQUIN BALRGTXR
Decreto NO 639, que nombra al General de Brigada Juan R e d BWU-
champs Javier, E. N., Secretario de Estado de Interior y Policia.
(G. 0. No 9212, del 10 de Enero de 1971)
JOAQUN BALAGUER
Presidente de la Rephb1ic.a Dominiana