Texto de la norma
Decreto Nº 525, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de La Vega a permutar una porción de terreno propiedad del Municipio.
(G. O. Nº 9211, del 1º de Enero de 1971)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 525
VISTAS las Resoluciones Nos. 9-70 y 10-70, de fecha 9 de julio de 1970, dictadas por el Ayuntamiento del Municipio de La Vega;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de La Vega a permutar:
a) Una porción de terreno municipal de la Parcela Nº 106-D del D. C. Nº 11, de la Provincia de La Vega, sitio de Matanza, por otra porción de terreno de un área equivalente de los Sucesores Espaillat Bracha, de la Parcela Nº 106-E del Distrito Catastral Nº 11 de la Provincia de La Vega (antes D. C. Nº 11), sitio de Matanza, con los linderos siguientes: al Norte, calle Salvador Beato; al Sur, la autopista; al Este, callejón Jarro Sucio; y al Oeste, propiedad municipal; y
b) Una porción de terreno municipal de un área de 1,062 metros cuadrados, de la Parcela Nº 106-D, del D. C. Nº 11, de la Provincia de La Vega, sitio de Matanza, con los linderos siguientes: al Norte, autopista; al Sur, Parcela Nº 106-D; al Este, Parcela Nº 106-E; y al Oeste, Parecla Nº 106-D, por otra porción de terrenos de los Sucesores Espaillat Brache de un área de 1,062 metros cuadrados de la Parcela Nº 106-E del Distrito Catastral Nº 11, de la Provincia de La Vega (antes D. C. Nº 11), sitio de Matanza, con los siguientes linderos: al
Norte, Parcelas Nos. 106-D. y 106-E; al Sur, Parcelas Nos. 106-E y 106-D; al Este, callejón que la separa de la Parcela Nº 111; y al Oeste, Parcela Nº 106-D. La porción de terreno a obtener mediante permuta por el citado Ayuntamiento es indispensable para la prolongación de la Avenida Dr. José Horacio Rodríguez, hasta empalmar la Autopista Duarte.
Art. 2.— El presente decreto deroga y sustituye el Decreto Nº 413, de fecha 24 de noviembre de 1970.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 108º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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