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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 430

QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION ENCARGADA DE ADOPTAR TODAS LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA LA IMPORTACIO...

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 dic de 1970fecha
Designacióntipo
G. O. 9208Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
-13& t Decreto NO 4z0, que crca e integra una Comisidn encargada de adoptar todas las medidas necesarias para la importacibn, estabilizacidn de exis- tencia y mercadeo de varillas destinadas a la construccidn en el pais. (G. 0. No 9208, del 12 de Diciembre de 1970) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la RophJlhlica Dominicane NUMERO 430 CONSIDERANDO que la industria nacional de producci6n de varillas est& atravesando actualemnte una situaci6n critica, a causa de la fluctuacih de 10s precios del.mismo product0 en cl mercado internacional ; CONSIDERANDO que, en consecuencia, el Gobierno Na- cional debe tomar medidas urgentes de caracter provisional, que eviten la desaparici6n de la industria nacional de producci6n de varillas, mientras 10s importadores actuales puedan incorpo- rarse como asociados o accionistas a dicha industria; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constituci6n de la Repitblica, dicto el siguiente D E C R E T O : Ilrt. I -e crea una Comisi6n integrada por el Secretario de Estado de Industria y Comercio, 'quien la presidir& el Se- ,cretario de Estado de Finanzas, el Presidente de la CAmara Ofi- cia1 de Comercio, Agricultura e Industria del Distrito Nacio- nal, el Presidente de la Asociaci6n de Industrias de la Rep6bli- ca Ilominicana Inc., y, el Director General de Aduanas y Puer- tos, encargada de adoptar todas las medidas necesarias para la importacibn, estabilizacibn de existencia y mercadeo de vari- llas destinadas a la construccih en el pais. Art. 2.-Las empresas que se dedican a la producci6n de varillas deber6n suministrar semanaImente a la Comisidn y a la Direcci6n General de Control de Precios de Articulos de Pri- mera Necesidad, un informe sobre su existencia de varillas y sobre las cotizaciones de las niismas en mercados nacionales e internacionales. Asimismo, la Direcci6n General de Aduanas y Puertos deber6 informar a dichos organismos las cotizaciones que pueda obtener de fuentes confiables. La ComisiBn solamen- te godr6 recomendar la concesi6n de autorizacibn para impor- tar varillas cuando se evidencie la escasez de las mismas en el mercado dom6stico. Art. 3.-La Comisi6n queda autorizada a requerir de 10s Departamentos de la Administracibn P6bIica toda clase de me- didas necesarias para la fie1 aplicacihn de las disposiciones de este Decreto. Art. 4.-Los importadores de varilIas deberhn informar a la Comisi6n en el thrmino de cinco (5) dias a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, y a traves de la CAmara Oficial de C'omercio, Agricultura e Industria del Dis- trito Nacicmal, la existencia de cada uno de ellos y 10s pedidos de varillas ya hechos con anterioridad a dioha fecha, lo cual debera ser comprobado por la Comisi6n. Art. 5.-La Comisi6n suministrarh todas las informaciones necesarias a la Direccihn General de Control de Precios de Ar- ticulos de Primera Necesidad, a fin de que este Departamento pueda hacer efectivo el control de precios para la venta de va- rillas establecido por la Ley NQ 521, del 3 de diciembre de 1969. DADO en Santo Domingo de GuzmBn, Distrito Nacional, Capital de la Repfiblica Dominicana, a 10s dos dias del mes de diciembre del aiio mil novecientos setenta, aiios 1279 de la Independencia y 1089 de la Restauracihn. JOAQUIN BALAGTPER NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en el Listin Diario, de fecha 3 de Diciemklre de 1970.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona