Texto de la norma
Decreto Nº 3808, que concede naturalización dominicana al menor Pablo Yermenos González.
(G. O. Nº 9316, del 20 de octubre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3808
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo el
Doctor José Dolores Pablo Miguel Yermenos Forastieri, dominicano, mayor de edad, casado, médico, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], por medio de la cual solicita le sea concedida la naturalización dominicana, provisionalmente, a su hijo menor de edad Pablo Yermenos González, nacido en la ciudad de México, Distrito Federal, en fecha 18 de abril de 1972, procreado con la señoda Ana María González de Yermenos, de nacionalidad dominicana;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTO el párrafo I del artículo 26 de la Ley Nº 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley Nº 2665, de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede la naturalización dominicana, provisionalmente, al menor Pablo Yermenos González, hijo legítimo de los señores Doctor José Dolores Pablo Miguel Yermenos Forastieri y Ana María González de Yermenos, ambos de nacionalidad dominicana.
Art. 2.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de agosto del año mil novecientos setenta y tres, años 130° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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