Texto de la norma
Decreto N° 3738, que autoriza una emisión de sellos de correos. (G. O. N° 9314, del 24 de septiembre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3738
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas N° 2461, de fecha 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se autoriza una emisión de sellos para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia en las siguientes denominaciones y cantidades:
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos de la denominación de un centavo, multicolor;
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos de la denominación de cinco centavos, multicolor;
300,00 (TRESCIENTOS MIL) sellos de la denominación de veintiún centavos multicolor.
Art. 2.—Los sellos de un centavo serán de forma cuadrada, de tamaño 40 x 40 milímetros y mostrarán como motivo principal en su centro dentro de un cuadrado el emblema de los Boys-Scout Dominicanos, en sus colores originales, sostenido por un arco hacia abajo en el que se leerá la inscripción "Año Cincuentenario", hacia la esquina superior derecha tendrán la palabra "CORREOS" y el valor facial expresado así: "1c"; en el ángulo superior llevarán la inscripción "50º Aniversario", en el ángulo izquierdo la leyenda "República Dominicana" en sentido vertical desde abajo hacia arriba, en el ángulo derecho la inscripción "Scout Dominicano" en sentido vertical desde arriba hacia abajo y en el ángulo inferior las cifras "1923-1973".
Los sellos de cinco centavos serán de forma rectangular, de 40 milímetros de alto por 30 milímetros de ancho, mostrando como motivo principal las figuras de dos jóvenes trajeados de Boys Scout y en medio de ellos un asta con la bandera nacional desplegada en el tope; hacia la esquina superior izquierda aparecerá el valor facial expresado así: "5c" e inmediatamente la palabra "CORREOS"; en el ángulo superior se leerá la inscripción "50º Aniversario", en el ángulo izquierdo en sentido vedtical desde abajo hacia arriba, la leyenda "República Dominicana", en el ángulo derecho en sentido vertical desde arriba hacia abajo, la inscripción "Scout Dominicano" y en el ángulo inferior, las cifras "1923-1973".
Los sellos de veintiún centavos serán de forma cuadrada de tamaño 40 x 40 milímetros, mostrando como motivo principal las figuras de dos jovencitos laborando en la organización de un campamento de boys scout; hacia la esquina superior derecha dentro de un pequeño marco, aparecerá la figura de Badeu Powel, creador del escultismo; hacia la esquina inferior derecha tendrán las palabras "CORREO AEREO" y el valor facial expresado así. "10c"; en el ángulo superior se leerá la
inscripción “50º Aniversario”, en el ángulo izquierdo y en sentido vertical desde abajo hacia arriba, la leyenda “República Dominicana”; en el ángulo derecho y en sentido vertical desde arriba hacia abajo, la inscripción “Scout Dominicano” y en el ángulo inferior las cifras “1923-1973”.
Art. 3.—Del producto de la venta de estos sellos se asignarán RD$10,000.00 (Diez Mil Pesos) a la Asociación de Scouts Dominicanos, Inc., para la organización de una Convención del 144 al 19 de agosto de 1973, con participación internacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de julio del año mil novecientos setenta y tres, años 130º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.