Texto de la norma
Decreto Nº 3706, que concede naturalización dominicana al Sr. Rafael Poyo Blasco.
(G. O. Nº 9314, del 24 de septiembre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3706
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de
Estado de Interior y Policía ha elevado al Poder Ejecutivo el señor Rafael Poyo Blasco, de nacionalidad española, mayor de edad, soltero, agricultor, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida], por medio de la cual solicita le sea concedida la naturalización dominicana;
VISTOS los documentos que acompañan dicha instancia;
VISTA la Ley N° 1683, sobre Naturalización, de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede la naturalización dominicana al señor Rafael Poyo Blasco, de las generales arriba indicadas.
Art. 2.—El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos de la Gobernadora de la Provincia de La Vega, previo juramento de fidelidad a la República ante dicha funcionaria, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.—Envíese a las Secretarías de Estado de Interior y Policía y de Relaciones Exteriores, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de julio del año mil novecientos setenta y tres, años 130° de la Independencia y 110° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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