Texto de la norma
Decreto Nº 3602, que autoriza al Ayto. del Municipio de Bayaguana a vender un solar de su propiedad (G. O. Nº 9311, del 24 de Agosto de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3602
VISTAS las Actas Nos. 1 y 28, correspondientes a las sesiones ordinarias celebradas por el Ayuntamiento del Municipio de Bayaguana, en fecha 14 de enero y 17 de noviembre de 1972, respectivamente;
En virtud de lo que dispone el artículo 3 de la Ley Nº 4381, de fecha 10 de febrero de 1956; y la Ley Nº 5577, del 14 de julio de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO. Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Bayaguana a vender los solares de su propiedad que se indican a continuación:
a) Al señor Wenceslao Rosario, el solar Nº 11, de la manzana Nº 18 del Distrito Catastral Nº 1, de dicho Municipio, con un área de 160.13 metros cuadrados, por el precio de RD$ 200.16, ó sea a razón de RD$1.25 el metro cuadrado. El mencionado señor ocupa en arrendamiento el citado solar en el cual tiene construída una casa para vivienda familiar; y
b) Al señor Emilio Severino, el solar Nº 22, de la manzana Nº 32, del Distrito Catastral Nº 1, de dicho Municipio, con un área de 324.55 metros cuadrados, por el precio de RD$405.69 ó sea a razón de RD$1.25 el metro cuadrado. El citado señor ocupa en arrendamiento el solar antes indicado en el cual se propone construir una casa para uso de vivienda familiar.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de junio del año mil novecientos setenta y tres, años 130º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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