Texto de la norma
Decreto N° 3501, que autoriza una emisión de sellos postales. (G. O. N° 9304, del 16 de Junio de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3501
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas N° 2461, de fecha 18 de julio de 1950;
~ -Y4&
**
En ejercxio de las atribuciones que me confiere el articulo
is5 de ‘a Constitucihn de la Reptiblica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
ARTICULO UNIC0.-
Se autoriza una emisi6n de sellos
poatales pqra el psgo de las primas de envios de Valores De-
clarados:
500,000 (QUINIENTOS MIL) sellos del tipo de R1)$0.20, CO-
lor mamey.
300,c)CO (TRESCIENTOS MIL) sellos del tipo de RL)$0.40, co-
B
lot verde.
200,000 (DOSCIENTOS MIL) sellos del tip0 de RD$0.7!‘
“0-
lor azul.
#
Estos sellos tendran la forma de un rect&ngulo, y las si-
guientes medidas: 33 miIimetros de largo y 24 milimetros de
ancho. En su disefio se destacarh, en el centro, el Escudo Na-
cional; a lo largo de la linea superior del sello se leer6 “Replk-
bica Dc:.iinicana”
y a la izquierda y derecha del Escudo, en
sentido vertical “Servicio e Interior”, respectivamente, abain
colindando con el margen inferior dirau “Prima de Valores De-
claados”; en el angulo inferior izquierdo aparecera cl valor fa-
cia1 del sel!o, en guarismcs ,y en cl drrecho el sign0 de centavos.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.