Texto de la norma
Decreto Nº 3406, que autoriza la impresión de estampillas para cigarrillos.
(G. O. Nº 9302, del 24 de Mayo de 1973)
JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3406
VISTA la Ley de Especies Timbradas Nº 2461, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
55 de la C‘omtitucih de la Repttblica, dicto el siguieiite
D E C R E T O :
ARTICULO UNICO. Se autoriza la siguiente inpres16n de
estampillas para cigarrillos :
15,000,000 (QUINCE MILLONES) es tampillas para ciga-
rrillos (cajetillas) de 10 cigarrillos de fabrics-
ci6u riacional, dej tipo de RD$0.03 1/2. color sepia
i
Estas estampilias serhn impresas en tamaiio de veinte (20)
inilimetros de ancho yor cuarenta (40) milimetrns de largo, se.
:mprimiran de cicn estanipillas en cada hoja y llevaran las si-
guiantes inscripciones : en la parte superior “Republica Domini-
cana-Rentas Internas”; a1 centro, el n6rnei-o y debajo de estc
iiumero la palabra “Cigarrillos”.
DADO en Santo Doming0 de Guzrnin, Distrito Nacional,
Capital de la Repitblica Dominicana, a 10s veinticinco dias del
!ms de al!ril l e 1 aiio mil novecientas setenta y ires, aiiion 1.30Q
de la Indepcndencla y 1109 de la Restauraci6i1,
JOAQUIN BALAGUER
Decroto No 3407, qse autoriza la impresi6n de sellos para docurnentoj.
( G . 0. No 9302, de: 24 &e Mayo de 1973)
JOAQUIN BALXGUER
Pretsirlente de la Rsp~blica Domiaicana
NUMERO 340’7
VISTA la Lqv N‘? 2461, sobre Esp>&e Tirnbradas, de1 18
de julio de 1950;
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.