Texto de la norma
Decreto N° 3404, que integra la Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de San Juan de la Maguana. (G. O. N° 9302, del 24 de Mayo de 1973)
JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3404
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo
55 de la Constitución de la República, dictó el siguiente
DECRETO:
Art. 1. La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de San Juan de la Maguana queda integrada de la siguiente manera:
José del Carmen Paulino Santos, Presidente
José A. Castillo Piña, Vicepresidente
Carlos Américo Peguero Matos, Miembro
César Cristóbal Méndez V., Miembro
Santiago de León López, Miembro
Isidoro Fernández Minier, Miembro
Art. 2. La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de Las Matas de Farfán estará integrada así:
Leonidas Castillo, Presidente
Osvaldo Oviedo, Vicepresidente
Amancio Jiménez, Miembro
Temístocles Mancebo, Miembro
José Joaquín Bautista, Miembro
Armeilio Lebrón, Miembro
Art. 3. La Junta Protectora de la Agricultura del Municipio de Sancedo estará integrada del modo siguiente:
Julio César Cabral, Presidente
Antonio Miguel Mínguez H. Vicepresidente
Genara Mercedes Núñez Brito, Miembro
Leonardo Miñoso García, Miembro
Mario Tomás Abréu Castillo, Miembro
Rodolfo González Estrella, Miembro
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de abril del año mil novecientos setenta y tres, años 130° de la Independencia y 110° de la Restauración,
JOAQUIN BALAGUER
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.