Texto de la norma
Decreto N° 3346, que autoriza a la Sra. Ana Amparo Tejada a hacer cambios en su nombre.
(G. O. N° 9301, del 19 de Mayo de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3346
CONSDERANDO que en virtud de la solicitud formulada
por la señora Ana Amparo Tejada, dominicana, mayor de edad, casada, de quehaceres domésticos, portadora de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliada y residente en [domicilio omitido], fué autorizada a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de María Amparo Tejada;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 21 de febrero de 1973, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por la señora Ana Amparo Tejada, para que pueda cambiar su nombre por el de María Amparo Tejada;
VISTOS los articulos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La señora Ana Amparo Tejada, queda autorizada a cambiar su nombre por el de María Amparo Tejada.
Art. 2.— El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de abril del año mil novecientos setenta y tres, años 130º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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