Texto de la norma
Decreto No. 1041, que integra la Delegación de la República a la 48a. Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo. (G. O. No. 8867, del 17 de Junio de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 1041
VISTO el artículo 3 de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo;
VISTA la recomendación hecha por la Confederación Nacional de Trabajadores Libres (CONATRAL);
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La Delegación de la República a la 48a. Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo, que se celebrará en Ginebra, Suiza, a partir del 17 de junio en curso, estará integrada de la manera siguiente:
Lic. Julio A. Cuelo, Secretario de Estado de Trabajo, como Presidente de la Delegación y el Dr. Manuel Sosa Vasallo, Delegado Permanente de la República Dominicana ante la Oficina Europea de la ONU y ante la OIT, como Delegados Gubernamentales, y el señor Emilio Antonio Checo, Secretario General en Funciones de la Confederación Nacional de Trabajadores Libres (CONATRAL), como Delegado Obrero.
Art. 2.— Envíese a las Secretarías de Estado de Relaciones Exteriores y de Trabajo, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de junio de mil novecientos sesenta y cuatro, años 121o. de la Independencia y 101o. de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
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