Texto de la norma
Decreto No. 980, que integra el Consejo Directivo del Instituto de Auxilios y Viviendas.
(G. O. No. 3864, del 5 de Junio de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO: 980
VISTO el artículo 6 de la Ley Nº 5574 que crea el Instituto de Auxilios y Viviendas, de fecha 13 de julio de 1961, modificado por la Ley Nº 217, de fecha 20 de abril de 1961;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1. El Consejo Directivo del Instituto de Auxilios y Viviendas estará integrado de la manera siguiente: Ing. Silvestre Aybar Garrigosa, Miembro, quien lo presidirá, y el Ing. Alejandro Martínez y Martínez, como su Suplente, por el término de tres años; Dr. Alcibiades Espinosa, Miembro, Dr. Rafael Batlle, como su Suplente, por el término de tres años; Lic. Federico Pellerano, Miembro, y Lic. Conrado Sanquintín, como su Suplente, por un período de dos años; y Dr. Ignacio González Machado, Miembro, y Lic. Enrique Sánchez González, como su Suplente, por el término de dos años.
Art. 2.—De acuerdo con las disposiciones del precitado artículo 6 de la Ley Nº 5574, formarán parte, además, del indicado Consejo Directivo, el Administrador General del Instituto como Miembro ex-oficio, con el Subadministrador como su Suplente.
Art. 3. El presente Decreto deberá publicarse en un periódico de amplia circulación en el territorio nacional, para su conocimiento y cumplimiento.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional Capital de
la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y cuatro, años 121º de la Independencia y 101º de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Manuel E. Tavares Espaillat
Ramón Cáceres Troncoso
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