Decreto No. 777, que concede la incorporación a la Gran Fraternidad Universal, domiciliada en [domicilio omitido].
(G. O. No. 8850 del 11 de Abril de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO: 777
VISTA la Ley No. 520, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Concede el beneficio de la incorporación a la Gran Fraternidad Universal con su domicilio en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, cuyos estatutos fueron aprobados en la Asamblea Estatutaria celebrada en fecha 14 de diciembre de 1963. Dicha incorporación será efeciva tan pronto como la indicada asociación efectúe el depósito y la publicación a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley No. 520.
Art. 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de Justicia para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de abril del mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 101° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Manuel E. Tavares Espaillat
Ramón Tapia Espinal
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona