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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 4825

QUE DECLARA DE INTERES NACIONAL LA DECLARACION EN SANTO DOMINGO DE LA PRIMERA ASAMBLEA GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADO AMERICANOS (OEA)

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 mar de 1970fecha
Declaratoria (interés, día, duelo)tipo
G. O. 9181Gaceta Oficial del 1 ene de 1970
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Dec. Nº 4825, que declara de interés nacional la celebración en Santo Domingo de la Primera Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) (G. O. Nº 9181, del 10 de abril de 1970) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 4825 En virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: ARTICULO PRIMERO.—Se declara de interés nacional la celebración de la Primera Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la cual tendrá lugar en Santo Domingo, a partir del 20 de junio, 1970, y para tal efecto se designa una Comisión para realizar los trabajos de preparación del evento. ARTICULO SEGUNDO: La Comisión Preparatoria mencionada precedentemente estará integrada por el Dr. Fernando Amiama Tió, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores, quien la presidirá, y por los señores Dr. Mario Fernández Mena, Secretario de Estado de Salud Pública y Asistencia Social; Angel Miolán, Secretario de Estado sin Cartera, Director General de Turismo; Dr. Julio C. Estrella, Secretario de Estado, Director de la Oficina Nacional de Planificación; Dr. Carlos Sánchez y Sánchez y Dr. Pedro Troncoso Sánchez, miembros de la Comisión Consultiva de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores; Dr. Armando Oscar Pacheco, Embajador Adscrito a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores; Dr. Homero Hernández Almánzar, Embajador, Encargado de la División de la ONU, de la OEA y Conferencias Internacionales de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores; Dr. Horacio Vicioso Soto, Embajador Adscrito a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores; J. M. Bonetti Burgos e Ing. Heriberto de Castro, miembros de la Comisión de Comercio Exterior Adscrita a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores; y Francisco José Nadal Rincón, Embajador, Encargado de la División del Protocolo de la Secretaria de Estado de Relaciones Exteriores. ARTICULO TERCERO: El Dr. Julio C. Estrella, Secretario de Estado, Director de la Oficina Nacional de Planificación, actuará como Secretario Ejecutivo de la Comisión Preparatoria y, en tal virtud, fungirá también como Coordinador por el Gobierno Dominicano ante la Secretaría General de la OEA. ARTICULO CUARTO: Todas las dependencias gubernamentales, incluyendo los organismos públicos autónomos, deberán prestar a la Comisión Preparatoria la más amplia colaboración para asegurar el éxito de esta trascendental reunión del sistema interamericano. DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de marzo del mil novecientos setenta, años 127º de la Independencia y 107º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona