Texto de la norma
Decreto Nº 4613, que autoriza una emisión de sellos semipostales para contribuir a los programas de educación durante el 1970 "Año Internacional de la Educación".
(G. O. Nº 9176, del 1ro. de Febrero de 1970)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4613
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461, de fecha 18 de julio de 1950;
VISTA la Ley Nº 546, de fecha 13 de enero de 1970;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza la emisión de 8,000,000 (ocho millones) de sellos semi-postales, de la denominación de un centavo, para contribuir a los programas de educación durante el 1970 "Año Internacional de la Educación".
Art. 2.— Estos sellos serán de forma rectangular en tamaño de 25 milímetros de ancho por 34 milímetros de alto, de color morado, con las siguientes características en su diseño: a todo el ancho de la parte superior tendrán la leyenda "República Dominicana": hacia la esquina superior derecha aparecerá el
emblema elegido para el "Año Internacional de la Educación",
consistente en círculos concéntricos que componen una cabeza abstracta del hombre iluminada por el saber; hacia la esquina superior izquierda mostrarán la inscripción "Año Internacional de la Educación", en cuanto renglones: hacia la parte inferior de la Educación", en cuarto renglones: hacia la parte inferior se verá un libro abierto e inmediatamente sobre dicho libro las cifras "1970"; partiendo desde la base que sostiene las cifras señaladas, aparecerán rayos luminosos en forma de aro; hacia el lado izquierdo aparecerá el valor facial expresado así "1c".
Art. 3.— Los sellos semi-postales de la denominación de un centavo de valor facial, emitidos para contribuir a la campaña programada para el año 1969, declarado "Año de la Educación", continuarán aplicándose a los fines de la emisión de sellos autorizada por el presente Decreto hasta tanto sean impresos los sellos a que se refiere tal emisión.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de enero del año mil novecientos setenta, años 126° de la Independencia y 107° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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