Texto de la norma
Decreto No. 1809, que autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago Rodríguez a donar al Instituto Nacional de la Vivienda una porción de terreno de su propiedad.
(G. O. N° 8909, del 12 de Diciembre de 1964).
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 1809
VISTA la Resolución No. 1-61, de fecha 8 de abril de 1964, mediante la cual el Ayuntamiento del Municipio de Santiago Rodríguez acordó donar al Instituto Nacional de la Vivienda la porción de terreno propiedad de dicho Ayuntamiento, donde el mencionado Instituto ha construido diez casas para ser vendidas a personas de escasos recursos económicos, que tiene una extensión superficial de 3,714.66 metros cuadrados;
En virtud de las disposiciones del artículo 3 de la Ley No. 4381, del 10 de febrero de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55, inciso 25, de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Santiago Rodríguez a donar al Instituto Nacional de la Vivienda la porción de terreno donde el mencionado Instituto ha construido diez casas para ser vendidas a personas de escasos recursos económicos, la cual tiene una extensión superficial de 3,714.66 metros cuadrados, dentro de las colindancias siguientes: Norte, calle Proyecto; Sur, terrenos propiedad Municipal ocupados por particulares; Este, calle Libertad, y al Oeste, calle Capotillo.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de diciembre del mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 102° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
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