Texto de la norma
Decreto No. 1765, que aprueba modificaciones en los estatutos de la Asociación de Detallistas de Provisiones, Inc.
(G. O. No. 8906, del 28 de Noviembre de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 1765
VISTA la instancia que por vía de la Secretaría de Estado de Justicia ha elevado al Poder Ejecutivo la Asociación de Detallistas de Provisiones Inc., de Santo Domingo, en el sentido de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los estatutos de dicha asociación por la Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 26 de julio de 1964, y los documentos que la acompañan;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Quedan aprobadas las modificaciones de los estatutos de la Asociación de Detallistas de Provisiones Inc., de Santo Domingo, introducidas por la Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 26 de julio de 1964:
Art. 2.— Dichas modificaciones serán efectivas tan pronto como la indicada asociación realice la publicación y el depósito a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley No. 520.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecisiete días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 102° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
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