Texto de la norma
Decreto No. 1667, que deroga el Decreto No. 1314, del 16 de Agosto de 1964, que concedió el indulto a varios presos, en lo que concierne a los nombrados Rafael Herrera y Luis o José Hidalgo.
(G. O. No. 8901, del 31 de Octubre de 1964)
República Dominicana
EL TRIUNVIRATO
NUMERO 1667
CONSIDERANDO que previa depuración de los expedientes respectivos la Secretaría de Estado de Justicia remitió al Triunvirato la lista de los presos que podían ser indultados con motivo del 16 de agosto próximo pasado;
CONSIDERANDO que en virtud de la facultad que le acuerda el artículo 55 inciso 26 de la Constitución, el Poder Ejecutivo concedió el indulto a los que figuraban como condenados en la mencionada lista;
CONSIDERANDO que posteriormente se ha puesto de manifiesto que dos de los beneficiados con el indulto no habían sido condenados definitivamente por los tribunales, condición indispensable para que el indulto pueda ser concedido;
CONSIDERANDO que en consecuencia, deben tomarse las medidas tendientes a rectificar esta anomalía;
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Queda derogado el Decreto No. 1314, de fecha 16 de agosto de 1964, que concedió el indulto a varios presos, en lo que concierne a los nombrados Rafael Herrera y Luis o José Hidalgo.
Art. 2.— El Secretario de Estado de Justicia y el Procurador General de la República tomarán las medidas pertinentes para la fiel ejecución del presente decreto.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 102° de la Restauración.
Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso
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