Texto de la norma
Decreto Nº 3253, que concede pensión del Estado a varios nonagenarios. (G. O. Nº 9296, del 23 de Marzo de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3253
VISTA la Ley Nº 4219, de fecha 22 de julio de 1955;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se conceden sendas pensiones del Estado de treinta pesos oro (RD$30.00) mensuales, cada una, a los nonagenarios Adela Mojica, Ulises Pérez Calderón, Gloria Amanda Carbuccia Díaz, Angel María Luciano Diprés, José Genao de Jesús, Celina Cairo Vda. Berniel, Juana María López, Eliza Isabel Rodríguez Isabel Mireya Puello Castro, Mercedes González.
Victorina Martinez Fermin, Matilde Ramirez, Juana Anacaona Inoa, Efigenia de Jesus Cruz, Juana Marmolejos, Maria Josefa Guzman Perez, Napoleon Ceballos, Juan de Dios Urena y Joaquina Javier.
Art. 2.—Dichas pensiones seran pagadas con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Publicos.
DADO en Santo Domingo de Guzman, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana, a los catorce dias del mes de marzo del ano mil novecientos setenta y tres, anos 130° de la Independencia y 110° de la Restauracion.
JOAQUIN BALAGUER
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