Texto de la norma
Decreto Nº. 793, que concede incorporación a la Asociación de Educadores "Sergio A. Hernández".
(G. O. Nº 9018, del 31 de Diciembre de 1966)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 793
VISTA la Ley Nº 520, sobre Asociaciones que no tengan
por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se concede el beneficio de la incorporación a la Asociación de Educadores "Sergio A. Hernández", con su domicilio en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, cuyos estatutos fueron aprobados en la Asamblea Estatutaria celebrada en fecha 8 de noviembre de 1966. Dicha incorporación será efectiva tan pronto como la indicada asociación efectúe el depósito y la publicación a que se refiere el artículo 4 de la citada Ley N° 520.
Art. 2.—Envíese a la Procuraduría General de la República, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y seis, años 123° de la Independencia y 104° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Decreto N° 794. que otorga exequátur de Notario Público a los Dres. Arsenio B. Geraldo y Ramón González Reyes. (G. O. N° 9018, del 31 de Diciembre de 1966)
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