Texto de la norma
Decreto N° 782, que anula varias Resoluciones de diversos Ayuntamientos del país.
(G. O. N° 9018, del 31 de Diciembre de 1966)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 782
CONSIDERANDO que es criterio sentado por el Consejo Nacional de Desarrollo la no aceptación de arbitrios municipales que tengan por finalidad gravar la producción agropecuaria de la República, por ser esto contrario a la política económica y social del Gobierno Nacional;
VISTA la Resolución N° 1-66, de fecha 29 de noviembre de 1966, dictada por el Consejo Nacional de Desarrollo;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55, inciso 25, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
ARTICULO UNICO.—Se anulan las Resoluciones N° 16-66, del Ayuntamiento del Municipio de Imbert, que grava con un arbitrio el azúcar, la melaza, el tabaco y el maní en cáscara; N° 7-66, del Ayuntamiento del Municipio de Dajabón, que crea un arbitrio de RD$0.03 por cada quintal de maní y RD$0.05 por cada quintal de arroz; N° 20-66, del Ayuntamiento del Municipio de Cotuí, que crea un arbitrio de RD$0.10 y RD$0.12 respectivamente, por cada quintal de maní en cáscara y descascarado; y N° 12-66, del Ayuntamiento del Municipio de Villa Riva, que crea un arbitrio de RD$0.05 por cada saco de arroz.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de diciembre del año mil novecientos sesenta y seis, años 123° de la Independencia y 104° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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