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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 674

QUE DECLARA DE UTILIDAD PUBLICA E INTERES SOCIAL, LA ADQUISICION POR EL ESTADO DOMINICANO DE VARIOS INMUEBLES

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 nov de 1966fecha
Utilidad pública o expropiacióntipo
G. O. 9015Gaceta Oficial del 1 ene de 1966
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 674, que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por el Estado Dominicano de varios inmuebles. (G. O. Nº 9015, del 30 de Noviembre de 1966) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 674 VISTA la Ley del Dominio Eminente Nº 480, del 20 de marzo de 1920, y sus modificaciones, y la Ley Nº 344, del 29 de julio de 1943, sobre Procedimiento de expropiación por el Estado, los Municipios y el Distrito Nacional, y sus modificaciones; VISTO el artículo 18 de la Ley Nº 1832, del 3 de noviembre de 1948; VISTO el artículo 55 del Acto Institucional, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Estado Dominicano, para la construcción de un mercado público, de los siguientes inmuebles: parcelas Nos. 88—A—1, 88—A—2, 88—A—3 y 88—A—4, del Distrito Catastral Nº 2 del Distrito Nacional, ubicados en el lugar denominado "Mata Hambre", con áreas de 596.25 metros cuadrados cada una, propiedad de los señores Zoila Núñez de Alburquerque, María S. Fermín Vda. Carrasco, Dr. Juan Alberto Peña Lebrón y Dr. Francisco Manuel Comprés, respectivamente. Art. 2.—En caso de no poderse llegar a un acuerdo amigable con los propietarios de los inmuebles antes indicados, el Administrador General de Bienes Nacionales iniciará todos los procedimientos judiciales requeridos por la Ley para su expropiación, quedando investido por el presente decreto, de los poderes necesarios para realizar todos los actos, procedimientos y recursos, tanto ordinarios como extraordinarios, que sean de lugar para la adquisición de los citados inmuebles. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de noviembre del año mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 104º de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER NOTA: El presente Decreto fué publicado oficialmente en el diario "El Caribe", del 6 de noviembre de 1966.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona