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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1489

QUE APRUEBA LA INTEGRACION DEL CONSEJO DE GUERRA DE PRIMERA INSTANCIA DE LA POLICIA NACIONAL, PARA CONOCER DEL EXPEDIENTE INCOADA CONTRA UN OFICIAL DE DICHA INSTITUCION.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
15 sept de 1964fecha
Otrostipo
G. O. 8891Gaceta Oficial del 1 ene de 1964
Triunviratoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 1489, que aprueba la integración del Consejo de Guerra de Primera Instancia de la Policía Nacional, para conocer del expediente incoado contra un oficial de dicha institución. (G. O. No. 8891, del 16 de Septiembre de 1964) República Dominicana EL TRIUNVIRATO NUMERO 1489 VISTA la Ley No. 3483, que crea el Código de Justicia de las Fuerzas Armadas, de fecha 13 de febrero de 1953, y sus modificaciones; VISTA la Ley No. 345, de fecha 29 de julio de 1964, que crea los Consejos de Guerra de Primera Instancia y el Consejo de Guerra de Apelación, modificada por la Ley No. 370, del 18 de agosto de 1964; En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución d· la República, dicta el siguiente DECRETO: UNICO.— Se aprueban los nombramientos de los Oficiales de la Policía Nacional que se indican a continuación, para que integren el Consejo de Guerra de Primera Instancia de la Policía Nacional, encargado de instruir, conocer y fallar el expediente incoado contra el Mayor Simón Tadeo Guerrero González, P. N., como consecuencia de un incidente ocurrido entre dicho Oficial y el Teniente de Navio Víctor Manuel Barján Mufdy, M. de G., en la madrugada del 9 de agosto de 1964, en el Club para Oficiales de la Policía Nacional: a) Mayor Dr. José Ernesto Ricourt Regús, P. N., como Juez Presidente Ad-hoc; b) Mayor Antonio Maromo Fernández Grullón, P. N., como Juez Ad-hoc; c) Mayor Osvaldo Valoys Araujo, P. N., como Juez Ad-hoc; d) Capitán Dr. Rafael Martínez Luciano, P. N., como Juez Ad-hoc; e) Capitán Dr. Mayobanex Pérez Méndez, P. N., como Juez Secretario Ad-hoc; f) Mayor Dr. Rafael José Bergés Peral, P. N., como Fiscal Ad-hoc; y g) Mayor Luis Ney Tejeda Alvarez, P. N., como Juez Instructor Ad-hoc. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los quince días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta y cuatro, años 121° de la Independencia y 102° de la Restauración. Donald J. Reid Cabral Ramón Cáceres Troncoso

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona