Dec. No. 8471, que concede la incorporación al Centro Cultural Dominico-Americano de Santiago de los Caballeros.
G. O. No. 8728-Bis, del 10 de enero de 1962
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO 8471
VISTA la Ley No. 520 sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario, de fecha 26 de julio de 1920, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Concede el beneficio de la incorporación al Centro Cultural Dominico-Americano, domiciliado en [domicilio omitido]. La incorporación será efectiva tan pronto como el mencionado Centro Cultural efectúe el depósito y la publicación a que se refiere el Art. 4 de la Ley ya indicada.
Art. 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de Justicia para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de agosto del mil novecientos sesenta y dos, años 119o de la Independencia y 99o de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona