Texto de la norma
Dec. No. 8462, que autoriza al señor Rafael Leonidas Hernández Machado a cambiar su nombre por el de Rafael Enrique Arturo Hernández Machado.
G. O. No. 8682, del 21 de agosto de 1962
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8462
CONSIDERANDO que en fecha 27 de marzo de 1962 el señor Rafael Leonidas Hernández Machado, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identificación personal [omitida] debidamente renovado para el presente año, domiciliado y residente en la casa No. 25 (altos) de la calle Arzobispo Meriño, de esta ciudad, fue autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley No. 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre de Rafael Leonidas Hernández Machado por el de Rafael Enrique Arturo Hernández Machado;
CONSIDERANDO que en el presente cas0 se han cumplido
todos las formalidades de publicidad requeridas por la ley ;
CONSIDERANDO que en fecha 1 ro. de agosto del aiio 1962 el
Secretario de Estado de Justicia ha comunicado a1 Poder Ejecu-
tivo que no se ha producido ninguna oposici6n a1 deseo del seiior
Rafael Leonidas Hernindez Machado, en el sentido ya expresado;
VISTOS 10s articulos 81, 82 y 83 de la Ley No. 659, sobre
Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren 10s articuYos
54 y 116 (transitorio) de la Constitucih de la Repoblica, dicta
el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1 .- El seiior Rafael Leonidas Hemindez Machado queda
autorizado a cambiar su nombre por el de Rafael Enrique Arturo
Hernindez Machado.
Art. 2.- El presente Decreto se publicarh en un diario de am-
plia circulaci6n en el territorio nacional, ademas de su publica-
ci6n en la Gaceta Oficial.
DADO en Santo Dmingo, Distrito Nacinal, Capital de la
Repfiblica Dominicana, a 10s siete dias del mes de agosto de mil
novecientos sesenta y dos; afios 1190. de la Independencia y
990. de la Restauracibn.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la Repfiblica
y del Consejo de Estado
Nota: El presente decreto fue publicado en 10s diarios “La Na-
ci6n” y “El Caribe”, de Sto. Dgo., ediciones del 7 y 8 de
agosto de 1962, respectivamente.
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