Decreto Nº 1440, que concede franquicia postal a la Federación Dominicana de Beisbol Amateur.
(G. O. Nº 8990, del 22 de Junio de 1966)
HECTOR GARCIA GODOY
Presidente Provisional de la República Dominicana
NUMERO 1440
VISTA la Ley de Comunicaciones Postales Nº 40, del 4 de noviembre de 1963;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 3 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Concedo franquicia postal a la Federación Dominicana de Beisbol Amateur, para el uso exclusivo de los asuntos concernientes a las actividades que desarrolle dicha Federación.
Art. 2.—Envíese al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de junio del mil novecientos sesenta y seis, años 123° de la Independencia y 103° de la Restauración.
HECTOR GARCIA GODOY
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona