Dec. No. 8448, que concede franquicia postal y telegráfica a la Asociación de Profesionales Universitarios en Ciencias de la Educación.
G. O. No. 8682, del 21 de agosto de 1962
República Dominicana
EL CONSEJO DE ESTADO
NUMERO: 8448
VISTA la solicitud elevada por la Asociación de Profesionales Universitarios en Ciencias de la Educación;
VISTOS los artículos 69 y 211 de la Ley No. 1474 sobre Vías de Comunicación de fecha 11 de marzo de 1938, y sus modificaciones;
En ejercicio de las atribuciones que le confieren los artículos 54 y 116 (transitorio) de la Constitución de la República, dicta el siguiente
DECRETO:
Art. 1.- Se concede franquicia postal y telegráfica a la Asociación de Profesionales Universitarios en Ciencias de la Educación, con efectividad a partir de la publicación del presente Decreto.
Art. 2.- Envíese a la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Comunicaciones para los fines correspondientes.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de Agosto del mil novecientos sesenta y dos, años 119o. de la Independencia y 99o. de la Restauración.
POR EL CONSEJO DE ESTADO:
RAFAEL F. BONNELLY,
Presidente de la República
y del Consejo de Estado
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona