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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 572

QUE CREA E INTEGRA UNA COMISION ENCARGADA DE REALIZAR UN ESTUDIO DE LOS CASOS DE OCUPACIONES INDEBIDAS DE PROPIEDADES PRIVADAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 nov de 1966fecha
Designacióntipo
G. O. 9011Gaceta Oficial del 1 ene de 1966
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 572, que crea e integra una Comisión encargada de realizar un estudio de los casos de ocupaciones indebidas de propiedades privadas. (G. O. Nº 9011, del 9 de Noviembre de 1966.) JOAQUIN BALAGUER Presidente de la República Dominicana NUMERO 572 CONSIDERANDO que la ocupación indebida por grupos de personas de propiedades privadas saneadas catastralmente en las cuales han fomentado mejoras de diversos tipos, viene creando un problema social de amplias proyecciones; CONSIDERANDO que es deber del Gobierno dictar medidas tendentes a conjurar dicha situación, de manera que se garantice el interés privado de los propietarios, sin que se soslaye el problema social que se derivaría del desalojo masivo de los ocupantes; VISTO el artículo 55 del Acto Institucional, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Se crea una Comisión para que proceda a realizar, en el menor tiempo posible, un estudio de los casos de ocupaciones indebidas de propiedades privadas saneadas catastralmente, por grupos de personas que han fomentado en ellas mejoras de diversos tipos. Art. 2.—Dicha Comisión estará integrada por el Procurador General de la República, el Presidente del Tribunal de Tierras, el Abogado del Estado, el Director del Instituto Agrario Dominicano y el Administrador General de Bienes Nacionales. Art. 3.—Una vez concluido su estudio, la Comisión deberá rendir un informe al Poder Ejecutivo, con las recomendaciones que estime más apropiadas para conjurar el interés privado de los propietarios y el insoslayable interés social que debe ponderarse en la confrontación de problemas relativos a desalojos masivos. DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de noviembre del año mil novecientos sesenta y seis, años 123° de la Independencia y 101° de la Restauración. JOAQUIN BALAGUER

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona