Texto de la norma
Decreto N° 3181, que autoriza al Sr. Jacinto F. Gomez O. a hacer cambios en su nombre.
(G. O. N° 9295, del 17 de Marzo de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 3181
CONSIDERANDO que en virtud de la solicitud formulada por el señor Jacinto Fulgencio Gómez Ovando, dominicano, ma-
yor de edad, soltero, empleado privado, portador de la cédula de identificación personal [omitida], domiciliado y residente en la casa Nº 36 de la calle Damián del Castillo de esta ciudad, fue autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944, para cambiar su nombre por el de Julio César Gómez Ovando;
CONSIDERANDO que en el presente caso se han cumplido todas las formalidades requeridas por la ley;
CONSIDERANDO que la Junta Central Electoral ha certificado en fecha 1ro. de diciembre de 1972, que no se ha realizado ninguna oposición legal a la solicitud formulada por el señor Jacinto Fulgencio Gómez Ovando, para que pueda cambiar su nombre por el de Julio César Gómez Ovando;
VISTOS los artículos 80, 81, 82 y 83 de la Ley Nº 659, sobre Actos del Estado Civil, de fecha 17 de julio de 1944;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El señor Jacinto Fulgencio Gómez Ovando, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Julio César Gómez Ovando.
Art. 2.—El presente Decreto se publicará en la Gaceta Oficial y en un diario de circulación nacional.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los seis días del mes de febrero del año mil novecientos setenta y tres, años 129º de la Independencia y 110º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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