Texto de la norma
Decreto Nº 510, que declara de utilidad pública e interés social, la adquisición por el Estado Dominicano, de la Parcela Nº 14 (Pte.) del D.C. Nº 21 del Municipio de Monte Cristy.
(G. O. Nº 9010, del 31 de Octubre de 1966.)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 510
VISTA la Ley Nº 344, sobre Procedimiento de Expropiación por el Estado, los Municipios y el Distrito Nacional, de fecha 29 de julio de 1943, y sus modificaciones, y la Ley Nº 1832, sobre Bienes Nacionales, de fecha 3 de noviembre de 1948;
VISTO el artículo 55 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—Se declara de utilidad pública e interés social la adquisición por el Estado Dominicano, de la Parcela Nº 14 (Pte.) del D.C. Nº 21 del Municipio de Monte Cristy, con una extensión superficial de 12 Has., 81 As., 63 Cas., propiedad de Lorenza Almonte Vda. Cruz y Sucs. de Valeriano de la Cruz, la cual será traspasada al Instituto Agrario Dominicano
para el asentamiento de Colonos en la Colonia Agrícola "La Carbonera".
Art. 2.—En caso de no llegarse a un acuerdo amigable con los propietarios de la indicada porción de terreno para su venta de grado a grado al Estado Dominicano, el Administrador General de Bienes Nacionales debe realizar todos los actos, procedimientos y recursos tanto ordinarios como extraordinarios, de acuerdo con las leyes, para obtener la expropiación del Inmueble de que se trata.
Art. 3.—Envíese a la Administración General de Bienes Nacionales, para los fines de lugar.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiún días del mes de octubre del año mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 104º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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