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Texto
Texto de la norma
Decreto Nº 393, que regula la concesión de Becas del Estado a cargo del Ministerio de Educación, Bellas Artes y Cultos.
(G. O. Nº 9005, del 23 de Septiembre de 1966)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 393
CONSIDERANDO que el Gobierno de la República otorga becas con el propósito de beneficiar a los estudiantes de escasos recursos económicos, y que esa finalidad no se obtiene cuando dichas becas son concedidas a estudiantes cuyos padres disfrutan de una posición económica que les permite sufragar el pago de la educación de sus hijos;
VISTO el artículo 55 del Acto Institucional, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.—El Ministerio de Educación, Bellas Artes y Cultos sólo podrá conceder becas del Estado con la previa autorización del Presidente de la República.
Art. 2.—No se otorgará ninguna beca para cursar estudios a los hijos de los servidores públicos, o de los funcionarios o
empleados de entidades autónomas o privadas cuyos emolumentos mensuales sean superiores a RD$200.00. Tampoco podrán concederse estas becas a los hijos de padres cuya posición económica les permita sufragar el pago de la educación de sus hijos.
Art. 3.—Quedan sujetas a revocación todas las becas concedidas hasta la fecha que no se ajusten a las previsiones del presente decreto.
Art. 4.—Queda entendido que las disposiciones de este Decreto no se refieren a los créditos educativos concedidos de acuerdo a las disposiciones de la Ley Nº 250, de fecha 11 de mayo de 1964, y sus modificaciones.
DADO en Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta y seis, años 123º de la Independencia y 104º de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
NOTA: El presente Decreto fue publicado oficialmente en los diarios “El Caribe” y “Listín Diario” del 27 de Septiembre de 1966.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona