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El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 611

QUE CONCEDE SENDAS PENSIONES DEL ESTADO A VARIOS ANTIGUOS SERVIDORES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 feb de 1964fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 8842Gaceta Oficial del 1 ene de 1964
Triunviratoórgano
8personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e instituciónDetalle
Umberto LandolfiPensión—RD$200.00
Josefa Antonia Peña C. de OviedoPensión—RD$72.00
Luisa OrteaPensión—RD$20.00
Armando RodríguezPensión—RD$100.00
Antonio Castro JiménezPensión—RD$200.00
María Dolores PérezPensión—RD$60.00
Pedro de LeónPensión—RD$75.00
Ambroziiia Domiiiguez de CruzPensión—

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 611, que concede sendas pensiones del Estado a varios antiguos servidores de la Administración Pública. (G. O. No. 8842 del 18 de Marzo de 1964) República Dominicana EL TRIUNVIRATO NUMERO 611 VISTA la Ley No. 5185, sobre Pensiones Civiles del Estado, de fecha 31 de Julio de 1959; En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicta el siguiente DECRETO: Art. 1.— Concede el beneficio de la jubilación y le asigna sendas pensiones del Estado, a las siguientes personas: a) Al señor Umberto Landolfi, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; b) A la señora Josefa Antonia Peña C. de Oviedo, una pensión del Estado de setenta y dos pesos oro (RD$72.00) mensuales; c) A la señora Luisa Ortea, una pensión del Estado de veinte pesos oro (RD$20.00) mensuales; d) Al señor Armando Rodríguez, una pensión del Estado de cien pesos oro (RD$100.00) mensuales; e) Al señor Antonio Castro Jiménez, una pensión del Estado de doscientos pesos oro (RD$200.00) mensuales; f) A la señora María Dolores Pérez, una pensión del Estado de sesenta pesos oro (RD$60.00) mensuales; g) Al señor Pedro de León, una pensión del Estado de setenticinco pesos oro (RD$75.00) mensuales; h) A la sefiora Ambroziiia Domiiiguez de Cruz, una pen- r ihn del Fstado dc ciento treints, y ciiico pesos or0 (RlHl35.00) : 11 en i ) :!ales ; t Repiiblica Doniinicana 1'1, TRILWVIRATO t Alrt. 3:- El presentc Decrelo cieroga el Decreto So. -11'3

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona