Texto de la norma
Decreto Nº 4139, que autoriza una emisión de sellos postales. (G. O. Nº 9323, del 21 de Diciembre de 1973)
JOAQUIN BALAGUER
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 4139
VISTA la Ley Nº 2461, sobre Especies Timbradas, del 18 de julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 55 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO :
Art. 1.—Se autoriza una emisión de sellos para el franqueo ordinario y aéreo de la correspondencia en los siguientes valores y cantidades:
500,000 (Quinientos mil) sellos del valor de seis centavos, a colores;
500,000 (Quinientos mil) sellos del valor de diez centavos, a colores.
Art. 2.—Los sellos de seis centavos serán de forma rectangular de 47 milímetros de ancho por 33 milímetros de alto
y mostrarán como motivo principal en su centro una vista panorámica del puente Francisco del Rosario Sánchez construido sobre el río Ozama en la capital de la República; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda “República” e inmediatamente debajo en caracteres más pequeños, la palabra “CORREOS” seguida del valor facial expresado así: “6c”; a todo el ancho del ángulo inferior se leerá la inscripción “Puente Francisco del Rosario Sánchez”.
Los sellos de diez centavos tendrán la misma disposición y dimensión que los seis centavos y mostrarán como motivo principal una vista panorámica del puente Higuamo construido sobre el río del mismo nombre; a todo el ancho del ángulo superior llevarán la leyenda “República Dominicana” e inmediatamente debajo en caracteres más pequeños, las palabras “CORREO AEREO”, seguida del valor facial expresado así: “6”; a todo el ancho del ángulo inferior se leerá la inscripción “Puente Higuamo”.
DADO en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de diciembre del año mil novecientos setenta y tres, años 130° de la Independencia y 111° de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
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